Una vecina de Ciutadella se enfrenta a una multa de mil euros por verter en la vía pública el agua que empleó para limpiar la acera y un patio interior de su domicilio. La mujer -que se encuentra en situación de desempleo-, ha alegado contra la sanción por considerarla excesiva, dado el pequeño volumen del vertido y su naturaleza: agua para limpiar la acera así como la procedente de la manguera que había utilizado también para limpiar en su casa, y que fue a parar a la calle a través de la tubería de recogida de pluviales del patio.
A raíz de este expediente sancionador el Grupo de UPCM en el Ayuntamiento de Ciutadella presentará al próximo pleno una propuesta de modificación de la Ordenanza municipal de normas de comportamiento en los espacios públicos «para hacerla más equitativa» y diferenciar entre vertidos de agua y vertidos de líquidos contaminantes o corrosivos, así como diferenciar también entre las pequeñas cantidades de agua y los vertidos verdaderamente graves por su volumen. La oposición de UPCM propone tipificar como infracción leve los vertidos menores y mantener el carácter grave para los de mayor volumen y para la evacuación de necesidades fisiológicas en la vía pública.
«No es lo mismo instruir un expediente por emplear o verter un poco de agua para realizar labores de limpieza que por verter el contenido de un estanque entero de agua en la vía pública, y en cambio son infracciones que aparecen asimiladas en cuanto a su gravedad y sanción económica con el actual redactado de la Ordenanza», señala el portavoz de UPCM, Joan Triay, en el argumento de la moción.
Tampoco reviste la misma gravedad, abunda el concejal, en verter un poco de agua para limpiar que verter líquidos como aceites, o contaminantes, o corrosivos como ácidos. Para UPCM, «resulta incomprensible» que se considere infracción limpiar una acera con agua, una rutina por otro lado bastante habitual en las calles de los pueblos de Menorca, y que tenga la consideración de grave, en lugar de leve, el pequeño volumen del vertido de agua procedente de la manguera utilizada para la limpieza del patio.
El artículo 6.11 de la Ordenanza prohíbe verter agua o cualquier tipo de líquido y contempla multas que oscilan entre 751 y 1.500 euros; en el caso de esta vecina la propuesta de sanción del Ayuntamiento a la vecina es de mil euros. UPCM cree conveniente, y así lo expone en su propuesta al pleno, revisar dicho expediente y modificar la categoría de la infracción en cuanto a su gravedad.