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La nueva ordenanza de Sant Lluís obliga a retirar terrazas a las once

Prevé aprobar la primera norma que regula horarios de cierre según la zona y la actividad

Imagen de la zona de locales de restauración de la urbanización de Punta Prima. | Gemma Andreu

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El Ayuntamiento de Sant Lluís prevé aprobar mañana miércoles en el pleno una ordenanza reguladora de los establecimientos de oferta complementaria, espectáculos públicos y actividades recreativas a través de la que fija unos horarios de apertura y cierre tanto de los locales de restauración como de los dedicados al ocio. El objetivo del Ayuntamiento es adaptar estos horarios a la realidad del municipio y lo hace aplicando criterios distintos según las zonas donde se ubican estos locales y el tipo de actividad.

Es la primera ordenanza de que va a disponer Sant Lluís. Hasta el momento, se rige por la ley balear 7/2013 de instalaciones, acceso y ejercicio de actividades con una regulación muy amplia, sin adaptar a cada territorio y que no permitía diferenciar entre costa y núcleo urbano, como sí se quiere conseguir con esta nueva ordenanza. Ahora esos horarios regulados con carácter balear se verán acotados. Esta ley de 2013 ya establece que cada administración debe adaptarla y velar para evitar molestias y problemas de orden público.

La nueva ordenanza establece que las terrazas o espacios al aire libre vinculados a cualquier tipo de actividad deben ser recogidas con carácter general a las 23 horas, una hora antes. No obstante, se podrá autorizar el funcionamiento en horario nocturno en aquellas zonas donde en el último año no se hayan producido quejas ni denuncias. Así, se podrán prolongar hasta las 24 horas y en verano hasta la una los viernes, sábados y vísperas de festivos.

Diferencia entre los locales ubicados en zona residencial, costa y polígono con mayores restricciones en las zonas residenciales. Así, los establecimientos de oferta de ocio ubicados en la costa podrán tener abierto hasta las 5 de la madrugada excepto en vísperas de días laborales que deben cerrar a las 2. Si, en cambio, se hallan en zona residencial, deberán cerrar una hora antes, es decir, a las 4 y a la una, respectivamente. La ley que se está aplicando solo tiene en cuenta las actividades con música que, deben cerrar a las 6 en zonas cerradas y a las 24 horas al aire libre.

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