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Deniegan el cambio de sexo a un hombre en Maó al sospechar un fraude de ley

Desestima la solicitud para inscribirse como mujer pero conservando su nombre

La magistrada del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Maó es responsable del Registro Civil | Foto: Gemma Andreu

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En el Registro Civil del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Maó se ha producido el primer caso de desestimación de una solicitud, por parte de un hombre, para hacer una modificación registral del género y hacer constar el de mujer. La magistrada juez María Belén Velázquez    considera probado que la voluntad del solicitante «permanece oculta y no es acorde con los objetivos que persigue la ley». Es decir, la 4/2023, de 28 de febrero, para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas Lgtbi.

Este hombre solicitó en el Registro Civil «la rectificación registral de sexo haciendo constar el de ‘mujer'», y cancelar la inscripción de nacimiento y su consiguiente traslado a un nuevo folio. La petición fue el 13 de marzo, o sea, 13 días después de la entrada en vigor de la ‘ley trans', y el 23 de marzo, ratificó su petición. Luego, dentro del plazo de tres meses, el 13 de junio, la ratificó de nuevo.

Medidas contra el fraude

Siguiendo el artículo 14 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, la ley 4/2023 garantiza «el cambio registral del sexo sin el requisito previo de sufrir procedimientos médicos tales como una operación de reasignación sexual o una terapia hormonal», y solo se precisa la voluntad de cambio de género. No obstante, como recuerda la juez, para evitar fraudes de ley (es decir, que haya motivaciones distintas a la identificación real con el otro género), el 26 de mayo, una Instrucción de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, faculta al responsable del registro a hacer las preguntas necesarias para verificar los motivos.

Según la juez, el hombre reconoció que antes de la entrada en vigor de la ley «no se había planteado» el cambio y, además, quería hacerlo sin alterar su nombre.

Por sus respuestas y su actitud «no se evidencia signo alguno que permita entender que aquel se identifica con el sexo femenino por el que dice optar, pues no resulta razonable pensar que considerara de más importancia el cambio de nombre, al que era reacio, que el cambio de sexo». Además, el auto señala que es «notorio que las personas que no se identifican con el sexo de nacimiento, precisamente, uno de los primeros pasos que dan en el camino hacia su verdadera identidad sexual, es el cambio de nombre». Esta resolución no es firme y cabe recurso ante la Dirección General de Seguridad Jurídica.

El apunte

La resolución es una de las pioneras dictadas en España

La resolución de la magistrada María Belén Velázquez es del 10 de julio y, por tanto, como apuntan desde el Registro Civil, es anterior a las dos dictadas en Canarias y a las dos conocidos ayer mismo en Palma.

La solicitud de Maó esconde, según la juez, una motivación «oculta», de ahí que fuera desestimada, para evitar fraude de ley. Igual como hiciera un juez para desestimar dos solicitudes en Canarias. Uno de los solicitantes quería conservar su nombre masculino, no se había informado sobre los requisitos para cambiar el género y reconoció que «le beneficiaría en las oposiciones de acceso al empleo». El otro era un militar que pretendía ser mujer para ascender en su carrera en el Ejército del Aire.

Sobre los casos de Mallorca, la magistrada a cargo del registro vio indicios de fraude de ley en dos hombres que querían figurar como mujeres, pero no mostraban ninguna señal que indicara que se sentían de género femenino.

16 comentarios

Pablo Gracia Pablo Gracia | Hace más de 2 años

Mis felicitaciones y reconocimiento por la valentía que ha tenido Señoría.

user Perro Sánchez comunista | Hace más de 2 años

quin circo de país.....increible lu que veig, lu pitjor són els votans de tot açò que encara els tornaran a votar

user serrá | Hace más de 2 años

Vladimir, pues claro que un juez es un funcionario de bajo rango. No es nadie especial. ¿Qué es un juez sino un señor que ha aprobado oposiciones? ¿Tú quieres que decida lo que tú puedes ser? ¿Según unas leyes que se han aprobado sin tener el cuenta el más mínimo rigor científico ni la opinión de los expertos en medicina psiquiátrica? La propia Ley no lo permite. El que recurra ganará, a costa del dinero de los ciudadanos. Observo entre deleitado y estupefacto como chapotean los aprovechados en el barrizal en el que nos han metido los políticos.

user MENORQUIN,1 | Hace más de 2 años

La propia Ley que concede el cambio de seso, es una Ley en fraude.

user Devoto | Hace más de 2 años

Del progresismo a la estupidez hay una línea muy delgada...

user Ciudadano ejemplar | Hace más de 2 años

PiliNuncaaaaaa, nuncaaaaa aqui plena separación, ni se conocen poder legislativo ni judicial.....

Pili Pili | Hace más de 2 años

Vladímir Ilich¿Desde cuando “la independencia del Poder Judicial” recibe instrucciones?.

user Ciudadano ejemplar | Hace más de 2 años

Que podría llevar a un hombre a querer ser considero legalmente mujer? Cuotas de autónomos más económicas? Bonificaciones? Deducciones fiscales? Cupos y reservas de puestos públicos? Pruebas físicas con baremos mucho más bajos? No ser tratado culpable antes de un juicio probatorio? Cuales serán los motivos? O los jueces son fachas tránsfobos comeniños de Vox?

Pili Pili | Hace más de 2 años

Jordi JGPerò si una instrucció (com en aquest cas) va en contra de la lletra de la llei (article 3.1 del CCiv), s’ha d’aplicar la llei, i si esta mal escrita, el legislador en te la culpa.

user Jordi JG | Hace más de 2 años

PiliLo que dius no és ben bé aixines. Si que és cert que hi ha una jerarquia normativa, però ses Lleis a vegades (massa vegades) són generals i meres declaracions d'intencions, i deixen conceptes sense definir prou. Per açò, per interpretar ets espais en blanc, hi ha Reglaments, Instruccions, Ordres ministerials...

Pili Pili | Hace más de 2 años

serráSugiero que todos los varones españoles pidan el cambio de sexo, y regresaremos al punto de partida del que nunca debiéramos haber salido: “Todos (y todas) somos iguales ante la ley”. (Lo que demostraría que las leyes de igualdad promulgadas por “el gobierno progresista” no son mas que ganas de marear la perdiz).

Pili Pili | Hace más de 2 años

Vladímir IlichPara eso están los recursos. (Y los juec@s de primera instancia no quieren líos).

user Vladímir Ilich | Hace más de 2 años

serráde rango menor???...el juez?

user serrá | Hace más de 2 años

Entonces la Instrucción mencionada invalida completamente el espíritu fundamental de la Ley, que es que una persona pueda cambiarse de sexo sin dar explicaciones. Ahora resultará que un funcionario de rango menor será el encargado de dilucidar lo que expertos en medicina no pueden (según la Ley).

user Seny | Hace más de 2 años

Los voxeros ya podrán dormir tranquilos

Pili Pili | Hace más de 2 años

“una Instrucción de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, faculta al responsable del registro a hacer las preguntas necesarias para verificar los motivos.“ Existe un principio de jerarquía normativa y otro de seguridad jurídica que prioriza la aplicación de la LEY por encima de cualquier “instrucción”. Por lo tanto -salvo torticeras interpretaciones- aunque la ley “esté mal hecha” considero que debería aplicarse prioritaria mente.

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