El Ayuntamiento de Maó será el primero de la Isla en someter a votación, en el próximo pleno municipal, el pliego de requisitos y medidas —elaborado a partir de un informe técnico— que deberán cumplir las edificaciones, construcciones y usos en suelo rústico, conocidos popularmente como hortals, para poder acogerse al procedimiento extraordinario de legalización previsto en la Disposición Adicional impulsada por el Govern
Los criterios son diversos, tanto en lo estético como en lo que refiere al equipamiento. En ese marco, y en lo que concierne a las medidas establecidas para optimizar la eficiencia hídrica, cualquier proyecto sin excepción deberá necesariamente contar o instalar un depósito para aprovechar las aguas pluviales y su consiguiente red interna para su uso.
Dicho dispositivo o pozo deberá estar enterrado o en cualquier caso que su implantación o presencia no implique un aumento del volumen de la superficie ya construida. Además, se prohíbe que el mismo puede ser utilizado con fines recreativos (esto es, a modo de piscina).
Más mecanismos
Por otro lado, la construcción deberá contar con otro mecanismo, también enterrado o sin que exceda del espacio ya alzado, destinado al aprovechamiento de las aguas grises y su respectiva red para su posterior reutilización.
Deberá haber otro dispositivo para el ahorro del agua (aireadores, dispositivos termostáticos, pulsador temporizado, cisterna de media descarga en los inodoros, entre otros que se puedan proponer). Asimismo, la edificación, deberá acreditar de donde proviene el agua que se usa en la misma.
En lo que atañe a las medidas para lograr una mayor eficacia energética, todo proyecto deberá garantizar la reducción del consumo de energía primaria no renovable (gas, petróleo, carbón) e incluir un sistema de producción con placas fotovoltaicas y para el almacenamiento de energía.
Y deberán cubrir el cien por cien de la demanda energética, o el 60 por ciento de la misma, en ese caso, siempre que se mejore la envolvente térmica que permita que la clase energética del edificio incremente al menos una letra –de clase E a D, por ejemplo.
Y como tal deberá acreditarse aportando certificados energéticos, redactados con el mismo programa reconocido oficialmente y en su misma versión, en los que se pueda comparar la situación previa y posterior a la intervención. No se tendrá en cuenta el origen de energía consumida.
Porque una vivienda como esta de la imagen a la vista de todos no tuvo inspección, denuncia y orden de demolición, en cambio una simple caseta de aperos o un gallinero en Talati si. Aquí algo huele mal por parte del Consorcio en Rustico, que alguien me lo explique.