La Comisión Europea considera que no se cumplen los requisitos necesarios para poner en marcha una Obligación de Servicio Público (OSP) en la ruta aérea entre Menorca y Barcelona, tal como ha propuesto el Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible en el marco de una prueba piloto. Así queda recogido en la respuesta del director de Aviación de la Dirección General de Movilidad y Transporte de la Comisión Europea (DG Move), Filip Cornelis, a una consulta, formulada el pasado 7 de febrero, por el director general de Aviación Civil, David Benito Astudillo.
Desde el Ejecutivo comunitario recuerdan que, según la normativa vigente, la imposición de una OSP solo está justificada cuando existe un mal funcionamiento del mercado; es decir, cuando las necesidades de movilidad de una región no están siendo atendidas adecuadamente por la oferta. En el caso de la conexión con Barcelona, consideran que esa condición no se cumple.
Además, advierten de que la imposición de «obligaciones excesivas» —como el establecimiento de topes de precios— puede resultar contraproducente, al reducir la oferta de servicios y limitar el acceso a tarifas más económicas, especialmente en temporada baja. Por todo ello, subrayan que no parece proporcionado fijar un precio máximo en esta ruta.
Precios abusivos
La propuesta de OSP del Ministerio pretende establecer una tarifa máxima en la ruta entre Menorca y la capital catalana, con el objetivo de suprimir lo que se consideran «precios abusivos» en determinados momentos del año, como Navidad, Semana Santa o los puentes festivos.
Inicialmente, el Ministerio planteó un tope de 170 euros por trayecto, lo que, con el descuento del 75 por ciento para residentes, supondría un coste final de 42,5 euros. A pesar de ello, según las últimas negociaciones con las aerolíneas —que se oponen a la medida—, ese límite ya se habría elevado hasta los 230 euros, lo que amenazaría con desvirtuar el sentido original de la iniciativa.
Sin embargo, ahora desde la Comisión Europea se oponen claramente a los planes del Ministerio, al considerar que la propuesta no se ajusta a las normas establecidas en el Reglamento 1008/2008, y subrayan que la competencia y la libre fijación de precios suelen ser la mejor garantía de tarifas asequibles en el mercado aéreo de la Unión.
Por ello, recuerdan que uno de los requisitos indispensables para limitar la libertad tarifaria en una ruta es que la oferta aérea existente no responda adecuadamente a las necesidades de movilidad de la región, algo que, en su opinión, no se da en la conexión entre Menorca y Barcelona.
Para ilustrarlo, la Comisión señala que no se considera necesaria una OSP en aquellas rutas operadas por varias compañías durante todo el año y que superen los 100.000 pasajeros anuales. En este sentido, destacan que la ruta con la capital catalana está atendida por Vueling y Ryanair, con hasta 58 frecuencias semanales. Además, en 2023 registró un total de 932.521 pasajeros.
Asimismo, la Comisión argumenta que, tal como recogen las Directrices Interpretativas de las OSP, este mecanismo podría limitarse a la fijación de un precio máximo en caso de producirse un aumento pronunciado de las tarifas y una disminución del número de pasajeros en un corto periodo de tiempo, algo que, a la luz de los datos disponibles, no ha ocurrido. De hecho, señalan que las tarifas medias en la ruta con Barcelona se mantuvieron estables entre 2023 y 2024, y que el número de pasajeros ha aumentado en los últimos dos años. También destacan que los residentes ya cuentan con un descuento del 75 por ciento.
Finalmente, la Comisión Europea recalca que la imposición de topes a los precios, los horarios o el número de frecuencias puede tener el efecto contraproducente de reducir la oferta de servicios aéreos y eliminar las tarifas más económicas, lo que afectaría especialmente a los pasajeros más sensibles al precio.
Lo que no es razonable es que cuando Ryanair no está, los precios de Vueling se multiplican x3. A esto la comisión Europea le debe parecer correcto. A mi me parece extorsión al cliente cautivo en toda regla.