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La sentencia rechaza el cierre cautelar de los 11 locales nocturnos que pedían los demandantes

Se pretendía que no pudieran abrir hasta que se adapten a la normativa vigente sobre contaminación acústica y emisión de ruidos

El magistrado ha sentenciado que «no procede acogerse la pretensión de cierre cautelar de todos los establecimientos» de Es Pla | Foto: Josep Bagur Gomila

| Ciutadella |

El Juzgado Contencioso-Administrativo número 2 de Palma de Mallorca ha desestimado parcialmente la demanda de Inmobiliaria de Promociones y Arriendos Menorquines SL (IPAM). Concretamente, rechaza la petición de orden de cierre inmediato y cautelar de once locales de ocio de Es Pla de Sant Joan, hasta que «no se adapten a la normativa vigente» referente a la contaminación acústica y la emisión de ruidos.

En la sentencia de 30 de junio, el magistrado apunta que «no procede acogerse la pretensión de cierre cautelar de todos los establecimientos» de Es Pla, puesto que «dicho pronunciamiento excedería el ámbito del proceso contencioso-administrativo por inactividad, al afectar de forma directa a terceros no personados y sin mediar procedimiento sancionador específico».

No ocurre lo mismo con el resto de peticiones de la parte demandante y el juez señala el «reconocimiento de la inactividad municipal frente a los hechos denunciados y la condena al Ayuntamiento a ejercer de forma efectiva sus competencias en materia de control acústico, ordenación del espacio público y disciplina urbanística, con los medios disponibles y conforme a sus competencias legales».

Asimismo, la sentencia recoge que, aunque el Consistorio impugnó las mediciones acústicas aportadas por los demandantes, «no las rebatió técnicamente con un informe alternativo alguno, ni aportó sonometría oficial ni pericial contradictoria».

En cuanto a intervenciones policiales, el magistrado señala que han realizado «su labor dentro de lo razonable, pero ha demostrado ser insuficiente y se hace necesario que el Ayuntamiento proceda al cumplimiento de las obligaciones que la Ley tiene previstas».

Plaça Quintana de Mar

En el momento que se interpuso la demanda, la Plaça Quintana de Mar se utilizaba como aparcamiento, contraviniendo lo fijado en el planeamiento urbano, que determina que se trata de una zona verde. En este sentido, la denuncia solicitaba, al igual que en el caso de Es Pla de Sant Joan, que se desalojara de coches, para que no se continuara utilizando como aparcamiento, próximo a la zona de ocio.

Referido a esta plaza, la petición perdió sentido y queda sin vigencia, lo que recoge el juez en su fallo. El año pasado, la plaza fue remodelada a raíz de la creación de la sede de la Fundació Numa Espais de Cultura, ajustándose al plan general.

3 comentarios

joan joan | Hace 5 meses

el ayuntamiento , este, que sabe organizar y amenizar el pueblo,seguro organizará unos cuantos botellones para amenizar el chalet rojo...animo locales,,,HAPPY HOUR TODA LA SEMANA...para celebrarlo...ah y las vomitonas delante de ese jardin tan bonito que por cierto los barrenderos tienen bien limpio y las aceras y calles de quintana de mar estan hechas un asco....pero el señorito de suiza que no se moleste

mercurio mercurio | Hace 5 meses

Que se ahoguen las personas pero los coches no , manda huevos jajaja

user rufo | Hace 5 meses

plaza quintana era zona verde??? ahora salen las cosas... todo el mundo diciendo uuuu hemos perdido aparcamientos allí, y han puesto una plaza (muy bonita por cierto), pero luego rascas, y resulta que een el plan general constaba como zona verde, y el ayuntamiento no habia hecho sus deberes... madre mía..

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