La demanda de Iniciativa por Mahón, presentada por tres de sus representantes, Juan José Gomila, Santiago Ramón Lafuente y Antonio Cendán, quedó este martes vista para sentencia tras celebrarse la vista oral en el Juzgado Contencioso Administrativo número 2 de Palma.
Dado que no hubo nuevas pruebas a practicar, el proceso quedó listo para las conclusiones de las partes que han de determinar el fallo del magistrado-juez.
La demanda siguió a la desestimación del recurso de alzada contra la decisión del Ayuntamiento de Maó, de mayo de 2021, y del Consell, de octubre del mismo año, por las que se cambió la denominación del nombre oficial de la ciudad y el municipio de Maó-Mahón, que desde entonces pasó a ser Maó.
Los representantes de Iniciativa por Mahón que ponen nombre a la demanda defendida por el abogado Francesc Marqués, solicitan la nulidad absoluta del proceso y retrotraerlo al momento en que se inició el controvertido expediente, quedando sin efecto el cambio de denominación vigente.
Entienden que la decisión se basó en el informe de la UIB por imperativo legal derivado de la Ley de Normalización Lingüística, obviando el de la Real Academia de la Historia. Destacan que la aprobación del cambio de topónimo se ejecutó sin haber aguardado a que llegara el informe de este segundo organismo lo que, a su entender, debería invalidar todo el proceso que derivó en la adopción de la forma catalana del topónimo como la única oficial y válida.
Subrayan la relevancia de los criterios y aspectos históricos en la denominación del topónimo, la existencia de la letra ‘h’, tanto en catalán estándar como en su versión menorquina, y la posible inconstitucionalidad del acuerdo adoptado sobre el que ahora se litiga.
Y lo mejor de todo es que jamás podrán borrar el rastro de la H del escudo… Y eso que hay una famosa pastelería de MAHÓN que se atrevió durante años a, en su papel, tener el escudo sin H 🤭