El Ayuntamiento de Es Castell abrirá la vía judicial para oponerse al deslinde marítimo-terrestre del municipio que la dirección General de la Costa y el Mar aprobó el 10 de abril (publicado en el Boletín Oficial del Estado el día 16). Lo confirmó el alcalde, Lluís Camps, tras reunirse con técnicos municipales para analizar el nuevo deslinde y sus efectos.
La interposición de recurso ante la Audiencia Nacional (el tribunal competente en litigios entre administraciones) es la única vía que tiene el Consistorio para impugnar la nueva delimitación y evitar los posibles quebrantos para los vecinos afectados, «sin perjuicio» de que el Ayuntamiento pueda «efectuar el requerimiento previo para que (la Administración recurrida) derogue la disposición, anule o revoque el acto».
Urbano o afectado
Con un plazo de dos meses para recurrir (desde la publicación en el BOE), el alcalde expone que mantendrán la línea defendida en los dos periodos de alegaciones citados en la orden. «Insistiremos, con apoyo técnico, en que históricamente (los núcleos afectados) han sido considerados como urbanos. Así lo tenemos interiorizado a nivel de licencias».
Esta consideración se convierte en el nudo del litigio, ya que la ley prevé la reducción de 100 metros a 20 de la servidumbre de protección solo en núcleos urbanos consolidados antes de la Ley de Costas (julio de 1988), previa justificación y aprobación administrativa. O dicho de otro modo y en sentido contrario, si los tribunales no consideran los núcleos afectados como urbanos, el deslinde puede comportar que la delimitación de la zona pública se amplíe de los veinte metros actuales a los cien.
Pero la dirección general resolvió que, a pesar de los informes de Ayuntamiento y Consell reiterando el carácter urbano de los terrenos del Fonduco y Sant Esteve, «no consta acreditado por las administraciones competentes» (precisamente Ayuntamiento y Consell) este carácter». Solo reconoce la clasificación urbana, «además de en el casco de Villacarlos», en las urbanizaciones de Horitzó (Son Vilar) y Santa Anna.
Efectos del deslinde
A su vez la propia orden ministerial dictamina que los efectos del deslinde consisten, «sustancialmente, en la declaración de posesión y titularidad dominical a favor del Estado (reconocimiento de la propiedad) de los bienes» que resten dentro de la nueva delimitación.
Respecto a la existencia de los «posibles derechos de particulares que hayan quedado afectados», se les otorga el plazo de un año para solicitar la «correspondiente concesión» por treinta años, respetando los usos y aprovechamientos existentes, sin obligación de abonar canon a aquellos titulares de espacios ubicados dentro del deslinde cuya propiedad se haya reconocido por sentencia firme emitida antes de la Ley de Costas o de los que no pudieron «ser ocupados por la Administración en un deslinde anterior a la entrada en vigor de dicha ley «por estar inscritos en el registro de la propiedad».
Además, mientras la concesión esté vigente, sus titulares solo podrán realizar obras de reparación, mejora y modernización que no impliquen aumentar las construcciones existentes. Unas construcciones que, al extinguirse la concesión, deberán ser demolidas.
Vamos a ver,las viviendas en El Fonduco y San Esteban están en terreno urbano,disponen de licencia municipal desde hace muchos años Es el gobierno de Pedro Sánchez yCostas los que cambia las reglas del juego afectando propiedades privadas totalmente legales sin ningún tipo de justificación.Ignoro por qué,pero no existe ningún tipo de justificación técnica ni legal.