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Tres años de prisión por agredir sexualmente a su vecina menor de edad en Maó

El hombre aceptó su culpabilidad y fue condenado a dos penas de 18 meses cada una

El joven conocía a su vecina y por tanto sabía que era menor de edad cuando tuvo relaciones | Alejandro Sepúlveda

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El tribunal de la sección primera de la Audiencia Provincial de Palma ha condenado a tres años de prisión a un  hombre español de 31 años de edad, que había sido acusado de dos delitos de agresión sexual a su vecina de Maó, una menor de edad que en la época en la que se habían denunciado los hechos tenía 14 años.

El Ministerio Fiscal y el abogado del acusado, Carlos Portalo, pactaron un acuerdo de conformidad en los momentos previos a la celebración del juicio que tuvo lugar el martes en Palma. El hombre confesó su culpabilidad y además pagó 2.000 euros de la indemnización de 9.000 que deberá abonar a los familiares de la víctima por daños morales ocasionados, lo que propició el acuerdo de conformidad.

El inculpado aceptó este pacto beneficioso al dividir la condena en dos castigos por los dos encuentros que tuvo con la menor, con una duración de un año y medio de cárcel por cada uno de ellos. Así su defensor consiguió evitar la entrada en prisión ya que por separado ninguna de las dos suman los dos años que sí implican la reclusión, y además el acusado carece de antecedentes penales. El tribunal dio el visto bueno a la petición de su abogado para que las dos condenas de prisión fueran sustituidas por trabajos en beneficio de la comunidad que determine la autoridad penitenciaria.

Los dos hechos que fueron denunciados ocurrieron entre diciembre de 2020 y febrero de 2021. El hombre, que entonces tenía 29 años de edad, conocía suficientemente a la menor desde hacía tiempo por ser ambos vecinos, por tanto sabía de esta circunstancia que convertía cualquier tipo de relación con ella en un delito.

Según el escrito de acusación del fiscal en el periodo concretado mantuvo relaciones sexuales completas con la preadolescente en dos encuentros que tuvieron lugar en la propia vivienda del hombre.

La condena contempla un periodo de libertad vigilada, prohibición de comunicarse con ella durante 12 años en los que tampoco podrá aproximarse a menos de 100 metros de su domicilio o lugar que frecuente.

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