El Juzgado de Instrucción número 28 de Barcelona ha sido, finalmente, el designado por el Tribunal Supremo para dirimir la causa contra seis jóvenes independentistas catalanes del grupo Arran por el acto vandálico que protagonizaron el pasado 14 de enero en la Comisaría de la Policía Nacional de Maó. La acusación que pesa sobre ellos es la de acoso y pertenencia a banda criminal.
Fue aquella una acción organizada desde Barcelona para protestar contra la infiltración de un policía nacional, natural de Maó, que había conseguido integrarse en el movimiento independentista catalán, entre 2020 y 2022.
A partir de un reportaje emitido por TV3 sobre infiltración de policías entre los grupos independentistas, Arran decidió reaccionar cuando tuvo conocimiento de que uno de ellos, que se hacía llamar Marc Hernández, era menorquín y su destino estaba en la Comisaría de Maó. Un miembro del grupo juvenil independentista, residente en Barcelona, reservó el 13 de enero cinco billetes de avión con origen en la ciudad condal y destino en Maó. Los activistas planearon la acción de represalia que consistió en el lanzamiento de huevos y pintura contra la fachada de Extranjería y expedición de DNI y pasaporte, de la Policía Nacional, en la calle Sant Sebastià.
También realizaron otra pintada en un edificio junto a la carretera general en la que podía leerse «Infiltració es tortura; us les tornarem totes». Tras el ataque a la Comisaría, los seis jóvenes fueron interceptados e identificados por agentes de la Policía Nacional cuando trataban de huir a la carrera. Posteriormente Arran colgó un vídeo de su acto vandálico atribuyéndoselo. Subrayaron entonces que «los policías infiltrados no vivirán con tranquilidad ni impunidad en los Països Catalans».
El Sindicato Unificado de Policía (SUP) anunció una querella contra Arran y contestó a estas amenazas tildando de cobardes a los activistas por actuar con el rostro oculto. Indicó en un comunicado que los responsables «no quedarían impunes» y que «les temblarían las piernas en sus ‘Países Catalanes’ imaginarios». Finalmente, sin embargo, la fuerza sindical policial no se personó en la causa ni tampoco puso la querella.
El Juzgado de Instrucción número 2 de Maó, que abrió las diligencias, se inhibió en favor del número 28 de Barcelona, dada la localización del grupo Arran en la ciudad condal, y de que el acto vandálico a la Comisaría se había planeado en aquella ciudad. El Juzgado catalán rechazó la inhibición alegando que ninguno de los investigados reside allí, y elevó la cuestión al Supremo. La Sala de lo Penal del Alto Tribunal ha resuelto estos últimos días que sea el juzgado barcelonés el que siga adelante con las diligencias y, por tanto, el que juzgue a los activistas, que al margen de la posible condena penal, se enfrentan a una multa superior a los 500 euros.
La paradoxa d'aquest pais es que una banda que va a la caceria d'immigrants, amb apallisamnets de persones, com va fer VOX a Torre Pacheco rebi subvencions de doblers publics i ningu digui aqui res de res, pero uns al.lots que fan pintades siguin qualificats de terroristes violents.