El hombre que causó la muerte a otro en la Nochebuena de 2023, en Maó, está ya en disposición de solicitar permisos penitenciarios de salida porque ha cumplido una cuarta parte de la condena que aceptó ayer en el juicio señalado en la Audiencia Provincial.
Su abogada, Gemma Rodríguez, logró pactar la rebaja del castigo que pedía el fiscal en su escrito de acusación antes de que se constituyera el jurado popular. De los 20 años que incluía en el documento por el delito de asesinato, los hechos quedaron calificados como un homicidio, lo que implicó la reducción del castigo a 8 años de reclusión.
El autor del homicidio, J.G.O, mahonés de 41 años, en principio, ya puede reclamar permisos de salida a la Junta de Tratamiento de la cárcel de Palma, como recoge el reglamento penitenciario, donde hasta ahora cumplía prisión preventiva. Otra cuestión es que le sean concedidos en el caso de que observe una buena conducta que no tuvo en la de Menorca lo que supuso su trasladado al centro penitenciario de la isla mayor meses después de su ingreso.
El juicio que iba a celebrarse a lo largo de tres días frente a un tribunal del jurado, finalmente, se ventiló en apenas 7 minutos sin declaraciones de acusados, ni testigos, tampoco periciales. Fue ese el tiempo que tardó el fiscal en leer las modificaciones de su escrito, aceptar el acusado el acuerdo, y leer la sentencia la magistrada del tribunal, Gloria Martín. El jurado popular no llegó a constituirse puesto que se alcanzó el acuerdo antes de la hora señalada para el inicio de la vista.
La falta de concreción en la declaración de uno de los testigos durante la fase de instrucción en torno a los hechos permitió a la abogada mallorquina, siguiendo el camino marcado por el letrado mahonés, Miquel Mercadal, iniciador de la defensa, insistir ante el fiscal en la falta de intencionalidad de su cliente para causar la muerte de Maximino Marín, de 49 años, con quien mantenía una cierta relación de amistad. No quedó aseverado que le pateara la cabeza en el suelo, como había indicado un vecino de la zona, tras haberle dado varios puñetazos que le tumbaron entre un vehículo y la acera, en la calle Bisbe Sever, en su confluencia con Vasallo, el 24 de diciembre de 2023.
La interpretación de lo ocurrido queda aceptada con la teoría de que fue el golpe que se dio en la cabeza al caer lo que le produjo el derrame por el que entró en coma y acabó falleciendo el día 2 de enero de 2024 en el Hospital Mateu Orfila.
Alcohol y cocaína
A esta modificación se sumó, además, el atenuante cualificado esgrimido por la defensa de que el autor del homicidio, un hombre con una amplia relación de delitos y condenas a sus espaldas, actuó bajo los efectos del consumo de alcohol y cocaína durante aquella noche, lo que dejó la pena definitiva en esos 8 años de cárcel.
Pese a todo, durante la negociación del acuerdo, el procesado se mostraba reacio a aceptarlo al asegurar que él solo le había dado un puñetazo y que por tanto no tenía nada que ver con su muerte. Sea como fuere, de la condena final, ya ha cumplido una cuarta parte puesto que ingresó en prisión el 27 de diciembre de 2023.
En el concepto de responsabilidad civil, deberá hacer frente, además, si algún día puede, al pago de la indemnización a los dos hijos del finado y a su padre, en cantidades que suman 271.000 euros. La magistrada de la Audiencia le dio un plazo de 10 días para que proponga un calendario de pago fraccionado que, en todo caso, no podrá iniciar hasta que salga de la prisión y tenga ingresos.
El otro acusado acepta seis meses de prisión
En el mismo juicio, el otro acusado que iba con el agresor y la víctima aquella noche del 24 de diciembre de 2023, aceptó el acuerdo pactado por su abogado, Pedro Rivas, con el fiscal. Así la condena solicitada pasó de 2 años a 6 meses y quedó suspendida, en principio, si no vuelve a delinquir en el plazo de los dos próximos años. El hombre, también español de 46 años, aceptó los hechos que le acusan de no haber intentado evitar la agresión que acabaría siendo mortal. En su caso también se contempló el atenuante de consumo de alcohol y cocaína para rebajar la condena.
Las claves
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No queda aseverado que llegara a patearle la cabeza
En el acuerdo con el fiscal la defensa sostuvo que la declaración de un testigo no era inapelable en cuanto a que el homicida pateara la cabeza la víctima cuando ya estaba en el sueño.
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Está en disposición ya de pedir permisos de salida
Al haber cumplido ya una cuarta parte de la condena -lleva dos años y un mes en prisión preventiva- puede solicitar permisos de salida a la Junta de Tratamiento de la cárcel.
No pasa nada, lo importante es cambiar la ley para la memoria histórica, no para esto. Ridiculo