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Cartas de los lectores

Contestación al alcalde de Ciutadella
Al parecer no fue del agrado del Sr. alcalde que, además de policías, hubiera empleados de todas las áreas en la celebración del pleno el día 14/02/13, a las 20'45 horas. El alcalde confunde los términos: "protesta" o "complot" con el derecho fundamental a la "reunión pacifica", amparado en el artículo 21 de la Constitución Española, el cual establece, en su primer punto, lo siguiente: "Se reconoce el derecho de reunión pacifica y sin armas. El ejercicio de este derecho no necesitará autorización previa".

Conforme establece la STC 170/2008, de 15 de diciembre, F. 31; el ejercicio constitucionalmente adecuado de este derecho es, de acuerdo con una reiterada jurisprudencia constitucional, una "técnica instrumental puesta al servicio del intercambio o exposición de ideas, la defensa de intereses o la publicidad de problemas o reivindicaciones, constituyendo un cauce del principio democrático participativo, cuyos elementos configuradores son, según la opinión dominante, el subjetivo -una agrupación de personas-, el temporal -su duración transitoria-, el finalístico -licitud de la finalidad- y el real u objetivo -lugar de celebración-. " Que, en definitiva, es lo que el colectivo de trabajadores del ayuntamiento vino a realizar en el Pleno, el día 14/02/13.

Si nos remitimos a la STC 96/2010, de 5 de noviembre, podemos determinar que "Para que los poderes públicos puedan incidir en el derecho de reunión, restringiéndolo, modificando las circunstancias de su ejercicio, o prohibiéndolo, es preciso que existan razones fundadas, lo que implica una exigencia de motivación de la resolución correspondiente en la que se aporten las razones que han llevado a la autoridad gubernativa a concluir que el ejercicio del derecho fundamental de reunión producirá una alteración del orden público o la desproporcionada perturbación de otros bienes o derechos protegidos por nuestra Constitución. Pero para ello no basta con que existan dudas sobre si el derecho de reunión pudiera producir efectos negativos, debiendo presidir toda actuación limitativa del mismo el principio o criterio de favorecimiento del derecho de reunión…" Que en conclusión, no es lo que sucedió el pasado día 14/02/13, a las 20'45 horas, puesto que el colectivo de trabajadores allí presentes, en ningún momento alteraron el normal desarrollo del Pleno, permaneciendo éstos en escrupuloso silencio.

Queremos recordar que el artículo 5 de la Ley Orgánica 9/1983 dispone que "la autoridad gubernativa suspenderá y, en su caso, procederá a disolver las reuniones y manifestaciones en los siguientes supuestos: a) Cuando se consideren ilícitas de conformidad con las Leyes penales. b) Cuando se produzcan alteraciones del orden público, con peligro para personas o bienes." Que, en definitiva, no se producen en el Pleno el pasado día 14/02/13.

Sin perjuicio de lo que establezca el Reglamento Orgánico Municipal, en referencia al ejercicio del derecho fundamental anteriormente expresado y que el equipo de gobierno quiere utilizar para sancionar a los funcionarios, nos vemos en la obligación de manifestar que no es la primera vez que se producen estos hechos en este ayuntamiento, por lo que, no entendemos el motivo por el cual pretenden coartar por vez primera ese derecho y, a su vez, nos planteamos la duda de, si en base al mismo reglamento, el equipo de gobierno, pudiera haber incurrido en alguna irregularidad durante la sesión. No entendemos por qué se nos conminó a desalojar el salón, privándonos de nuestro derecho fundamental, cuando recordamos, una vez más; que en ningún momento alteramos el normal desarrollo del Pleno, permaneciendo en todo momento en silencio.

En cuanto al tema de las pancartas queremos recordar que el contenido de las mismas no era injurioso ni ofensivo, a su vez, recordamos que no es la primera vez que suceden estos acontecimientos en un Pleno, como por ejemplo, cabe recordar las manifestaciones de representantes de bares, taxistas, sevillanas (con música), etc., entendemos que estas personas reivindicaban también sus derechos, sólo que con una libertad que a nosotros ahora nos quieren restringir.

Por otra parte los trabajadores del ayuntamiento que nos reunimos en el Pleno somos mayores de edad y nos concentramos voluntariamente sin presión alguna, por lo tanto de complot nada de nada Sra. González, por lo tanto otra tergiversación más.

¡¡Qué fácil resulta eso de ver la paja en el ojo ajeno y no la viga en el propio!! le recuerdo que una concejal de su gobierno del PP, mandó un correo electrónico a todo el personal del ayuntamiento, en el que se tildaba a los policías de "lobos", "villanos", "carroñeros", "gentuza", con una notable falta de educación y falta de respeto. ¿Que medidas correctoras ha aplicado Usted Sr. Alcalde a su concejal por este hecho? que sepamos ninguna.

¡¡Que medidas Sr. Alcalde ha tomado con la concejal de policía, ante la actuación de esta, que después de haber sido denunciada por una infracción de tráfico ordenó denunciar a diestro y siniestro!! En esta cuestión esta señora debería coger ejemplo de Usted, pues tengo entendido que cuando se le sancionó pago la multa y se comportó correctamente y usual. Como muchas veces en España no se da ejemplo, tómenlo de un político británico: Un exministro británico dimite por mentir sobre una multa de tráfico www.cadenaser.com/internacional/articulo/exministro-brita... el 04-02-2013 18:57 UTC publicado el 04-02-2013 20:40 UTC Chris Huhne, número dos del partido de los Liberal Demócratas británicos, presentará su renuncia como diputado y presumiblemente dejará para siempre la política británica. Huhne ha anunciado la decisión de marcharse después de declararse culpable de haber obstruido la acción de la justicia en el caso de una multa de tráfico Dimite un influyente político británico por endosar a su mujer una multa de tráfico. Pues si no le temblara la mano debería actuar haciendo dimitir a la concejal de policía por su forma de actuar.

No se amparen en todos los grupos políticos, hablen por ustedes mismos, los demás tiene capacidad de hablar por ellos mismos, en las mesa negociadoras, existen partidos que han demostrado más capacidad de negociación y más buena fe que la de las representantes del PP.
Delegado del Sindicato UGT de la Junta de Personal del Ayuntamiento.

José A. Martínez Rodríguez
Ciutadella

"Operación
resident"

Lo hemos visto y lo hemos leído en los medios. Así se le ha llamado al caso del fraude masivo en la emisión de certificados falsos de residente, para que personas no residentes en Baleares pudieran acceder a la bonificación del 50% sobre el billete de avión, y que llevó en su día al Ministerio de Fomento de España a exigir de nuevo la presentación del certificado de residente, tanto para viajar en barco como en avión.

La medida nos pilló por sorpresa a los ciudadanos. Fue calificada de innecesaria por unos, de "rancia y pepeísta "por otros, y fue incomprendida por la mayoría de ciudadanos por considerarla algo así como "retroceder en el tiempo "al encontrarnos en un momento en que las nuevas tecnologías están al alcance de todas las Administraciones Públicas, las cuales destinan partidas muy importantes de sus presupuestos a mantener activa toda su red informática.

Como es lógico, la noticia de irregularidades en la emisión de certificados de residente en Baleares también pilló por sorpresa al Ministerio de Fomento, el cual intentó atajar, con toda la urgencia posible y de manera provisional, las irregularidades que se pudieran derivar del uso fraudulento de este certificado. La medida tomada por Fomento, un tanto engorrosa para el ciudadano, podría haber quedado justificada una vez conocida la magnitud de la estafa: casi 4.000 ciudadanos imputados, unos 28.000 billetes de avión vendidos con certificados falsos y una estafa millonaria, previsiblemente de unos 60 millones de euros. Afortunadamente, parece que la presentación de dicho certificado pronto será historia gracias a la informática.

Según las informaciones recogidas, dos empleadas de dos Agencias de Viajes de Mallorca fueron detenidas en 2012 y acusadas de falsificación de documentos y fraude a Hacienda. El cliente era plenamente consciente del fraude.

Aunque éste sea un caso aislado, no deja de ser una mala noticia, porque es al fin y al cabo una forma de corruptela o corrupción. A mi juicio, la gravedad de este caso consiste tanto en la cuantía económica defraudada como en el importante número de ciudadanos españoles implicados, pero más en la facilidad con la que un ciudadano particular puede llegar a falsificar documentos públicos, y hacerlo hasta cometer un fraude de semejantes dimensiones, porque al parecer se extiende por toda la geografía española.

La "Operación Resident" es también un caso de falta de moral, al haber hecho, de forma premeditada, un uso fraudulento de un dinero que correspondía exclusivamente, y por derecho, a los ciudadanos de Baleares, para paliar su insularidad. Así pues, el dinero debería volver a la sociedad balear; la pregunta es si finalmente se recuperará todo este dinero.

Como no podía ser de otra manera, dejemos a los jueces y fiscales que hagan su trabajo, que se castigue debidamente a los culpables y se defienda el interés general de los ciudadanos de Baleares.

Mercè Francesca Bresco
Es Migjorn Gran

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