La primera Ley de Comercio de Baleares, impulsada por el Govern balear, tendrá efectos beneficiosos para este sector estratégico de la economía menorquina gracias al acuerdo alcanzado por las cuatro mesas técnicas, en las que han participado las organizaciones representativas de cada isla. En el caso de Menorca, la Asociación de Comerciantes de Menorca (ASCOME).
Los aspectos más relevantes de la ley cuentan con el consenso del sector, una de las condiciones que puso el conseller de Economía y Competitividad, Joaquín García, al impulsar su redacción, por el impacto y trascendencia de esta norma.
Es preciso destacar el entendimiento logrado en torno a cuestiones tan importantes como son las Zonas de Gran Afluencia Turística, el concepto de gran establecimiento comercial, los horarios y la apertura de grandes superficies en domingos y festivos, los planes directores sectoriales insulares, y también la venta ambulante.
El texto que ahora iniciará su tramitación en el Parlament pone de manifiesto la capacidad de diálogo e interlocución del Govern, que ha ejercido con eficacia el conseller Joaquín García al incorporar las aportaciones positivas formuladas por los agentes implicados.
Han sido introducidas numerosas peticiones del Consejo Asesor de Comercio, integrado por representantes del pequeño y mediano comercio, grandes superficies, consumidores, trabajadores, consells insulares y la FELIB. El resultado final es una ley consensuada y pactada, integradora de todas las partes que han intervenido en su elaboración.
En la definición de gran establecimiento comercial, el texto tiene en cuenta las peculiaridades propias de las islas y prevé superficies diferentes para cada una de ellas. Así, tienen la consideración de gran establecimiento comercial aquellos comercios, individuales o colectivos, que cuenten con una superficie útil para la exposición y venta superior a 700 metros cuadrados en Mallorca, 400 metros cuadrados en Menorca e Ibiza, y 300 metros cuadrados en la isla de Formentera.
En materia de horarios comerciales, cada comerciante puede decidir libremente el horario de abertura y cierre de su establecimiento, con un máximo de 90 horas semanales en días laborables.
Respecto a los domingos y otros festivos de apertura comercial autorizada, podrán permanecer abiertos al público 16 días al año.
En definitiva, esta primera Ley de Comercio de Balears dotará al sector con un marco legal actualizado, mucho más sencillo y operativo, aportará mayor seguridad jurídica, y ajustado a la nueva realidad normativa determinada, entre otros instrumentos, por la Ley de Garantía de Unidad de Mercado.
Por primera vez, y gracias al impulso del Govern balear del PP, el comercio de Baleares tendrá un marco normativo que ordena y regula su actividad, a partir de las aportaciones efectuadas por los agentes implicados, y desde el respeto a la singularidad de cada isla.