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Cuando la Administración incumple plazos y procedimientos

El Tribunal Supremo y la Audiencia Nacional han anulado el deslinde del dominio público marítimo-terrestre en más de 17 kilómetros de la costa de Sant Lluís

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El Tribunal Supremo y la Audiencia Nacional han anulado el deslinde del dominio público marítimo-terrestre en más de 17 kilómetros de la costa de Sant Lluís. Se repite la historia que ya se había producido en el litoral de Es Mercadal, concretamente Tirant, donde la Audiencia Nacional declaró caducado, en 2011, la delimitación de este dominio público al haber excedido la Administración el plazo de 24 meses para su tramitación y aprobación.

En el caso de Sant Lluís se ha producido un incumplimiento en los plazos de resolución y notificación de los expedientes, sin que la prórroga estuviera suficientemente justificada. En ambos casos han prosperado los recursos de afectados que denunciaron ante la Justicia los retrasos de la Demarcación de Costas en completar los deslindes.

Son graves defectos formales, de procedimiento; el mismo motivo por el que ha sido anulado el Plan General de Ordenación Urbana de Alaior tras denunciar un particular la falta del informe, preceptivo y vinculante, de Telecomunicaciones.

La repetición de estos casos obliga a las administraciones perjudicadas a exigir explicaciones y responsabilidades a los funcionarios que deben velar por el cumplimiento de los plazos e impedir se produzcan estos errores.

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