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La sentencia que limita los vehículos de transporte con conductor (VTC)

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El Tribunal Supremo acaba de publicar una sentencia en la que expone las «razones imperiosas» para poner coto a los vehículos de transporte con conductor (VTC), que realizan viajes tipo Uber. Los magistrados subrayan que no son lo mismo que los taxis, servicio de interés público que debe ser protegido y regulado por la Administración. Esta decisión del alto tribunal ha sido bien acogida por el sector del taxi al destacar que son actividades distintas y la necesidad de la previa contratación de los VTC. O sea, los coches de estas empresas privadas no pueden buscar libremente clientes por las calles, tal y como hacen los taxis.

Acuden en caso de llamada con media hora de antelación. Lo deseable es que taxistas y VTC respeten los límites fijados para evitar altercados. Es vital que los visitantes se lleven una buena impresión, desde que son recogidos en el aeropuerto o en las carreras puntuales que contratan, porque ese punto diferencial puede significar que regresen a la Isla en unas próximas vacaciones. En la sentencia, el Supremo avala que se multara e inmovilizara un vehículo de una empresa deVTC por captar clientes en la calle y niega que se haya vulnerado el derecho a la presunción de inocencia. Es importante recordar que la normativa balear que frena a las empresas de servicios VTC sigue pendiente hoy del Tribunal Constitucional.

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