La herencia es el proceso por el cual el patrimonio de una persona fallecida pasa a sus herederos. Sin embargo, existen dos tipos de sucesiones: testada e intestada, que difieren según la existencia o ausencia de un testamento. Comprender las características de cada tipo es fundamental para enfrentar los procedimientos legales que conlleva.
En primer lugar, una herencia testada es aquella en la que el fallecido, conocido legalmente como causante, ha dejado un testamento válido. Este documento expresa la voluntad de la persona en vida sobre cómo desea que sus bienes y patrimonio sean distribuidos. La ley reconoce el derecho de cualquier persona a redactar su testamento, el cual debe cumplir ciertos requisitos legales para ser válido. Dentro de este contexto, el causante puede decidir a quiénes destina sus bienes, siempre respetando los derechos de los herederos forzosos o legitimarios, quienes, según el Código Civil, tienen derecho a una parte de la herencia.
Por otro lado, una herencia intestada ocurre cuando el causante no ha dejado un testamento, cuando este es nulo o cuando los herederos designados en él no pueden o no desean aceptar la herencia. En estos casos, la ley establece un orden sucesorio que determina quiénes son los herederos. Este proceso, también llamado sucesión abintestato, está regulado por el Código Civil y se lleva a cabo mediante un procedimiento notarial o judicial para declarar oficialmente a los herederos. La prioridad de los herederos en una sucesión intestada se establece según su parentesco con el fallecido, donde los familiares más cercanos, como hijos, padres o cónyuge, tienen precedencia sobre familiares más lejanos.
Un aspecto crucial en ambos tipos de herencia es la aceptación notarial. Una vez que se ha determinado quiénes son los herederos, ya sea mediante testamento o declaración de herederos, deben proceder a aceptar la herencia. Esto incluye identificar y valorar los bienes que conforman la herencia, así como asumir tanto los derechos como las obligaciones asociados a ellos. En este punto, los herederos pueden optar por aceptar la herencia de forma pura y simple, lo cual implica asumir también las deudas del causante, o a beneficio de inventario, lo que les protege de responsabilidades deudas que superen los bienes heredados. Además, siempre existe la opción de renunciar a la herencia.