Desde abril de 2025, ha entrado en vigor un conjunto de reformas legales que modifican significativamente el mercado del alquiler, especialmente en el ámbito de los pisos turísticos dentro de edificios residenciales. Los propietarios ya no pueden alquilar sus viviendas con fines vacacionales sin autorización de la comunidad de vecinos, una decisión que pretende equilibrar los derechos de los residentes permanentes y la necesidad de controlar el alquiler temporal.
Esta medida, respaldada por la Ley Orgánica 1/2025, tiene como propósito principal reforzar el poder de decisión de las comunidades vecinales frente a los complejos problemas que vienen generando los arrendamientos de corta duración: desde el ruido y la sobreocupación hasta la pérdida de viviendas destinadas a residentes habituales.
España no solo experimenta una creciente dificultad para que los jóvenes puedan independizarse, sino que también se enfrenta a una crisis estructural en el mercado de la vivienda. La subida constante de los precios, junto a la reducción considerable de la oferta, hace que la compra o el alquiler a largo plazo sean cada vez menos accesibles para amplios sectores de la población.
Contexto y problemática del alquiler
Desde hace años, el alquiler en España se ha visto afectado por factores como la especulación inmobiliaria y el incremento del turismo, que han distorsionado la oferta de viviendas para residentes habituales. Muchos jóvenes llegan a sus treinta años sin poder abandonar la casa familiar, no por falta de intención, sino debido a la escalada de precios y la inseguridad contractual.
Compartir piso se ha convertido en la única alternativa viable para muchos. Sin embargo, las condiciones muchas veces precarias y la incertidumbre sobre la estabilidad del alquiler aumentan las dificultades para construir una vida propia y estable. A esto se suma el fenómeno del 'sobreturismo', que ha generado tensiones sociales en barrios afectados directamente por edificios destinados a alojamientos de corta duración.
Detalles de la reforma de la Ley de Propiedad Horizontal
La modificación de la Ley de Propiedad Horizontal ha introducido un requisito fundamental: para que una vivienda pueda destinarse a arrendamiento turístico en un edificio residencial, debe contar con el respaldo explícito de la comunidad de propietarios. Para aprobarlo es necesaria una mayoría cualificada, concretamente tres quintas partes de los vecinos deben consentirlo.
Esta norma busca proteger el derecho a la tranquilidad y la convivencia de los residentes, al impedir que el alquiler vacacional se extienda sin control. Además, la legislación contempla que las comunidades puedan imponer cuotas adicionales a los pisos turísticos, que pueden alcanzar hasta un 20% más para cubrir el mayor desgaste de las zonas comunes.
La medida ha sido impulsada por la ministra de Vivienda y Agenda Urbana, Isabel Rodríguez, en colaboración con autoridades autonómicas y locales, con el objetivo de poner freno tanto a la saturación de alojamientos turísticos como a la presión que esto genera sobre el mercado residencial.
Implantación de la ventanilla única digital
Otro pilar importante dentro de este paquete de reformas es la creación de la Ventanilla Única Digital de Arrendamientos, un registro estatal que opera desde el 2 de enero de 2025 y que tendrá plena operatividad en julio de 2025.
Este sistema centraliza y controla todos los alquileres turísticos y temporales, lo que permitirá mejorar la supervisión y combatir el fraude. La intención es garantizar que todos los arrendamientos cumplan con la nueva normativa y se evite la proliferación de alquileres ilegales o no declarados.
Gracias a esta herramienta, la Administración podrá actuar con mayor precisión para sancionar abusos y asegurar que las comunidades de vecinos dispongan de información actualizada sobre la actividad en sus edificios.
ma non troppoREUNION CADA X AÑOS ? Que administrador teneis ? OBLIGATORIA una al año.