En España, la cuestión del uso de chanclas o conducir descalzo sigue generando controversia y dudas entre los conductores. Aunque muchos aficionados al volante creen conocer la respuesta, la realidad legal mantiene un margen de interpretación que depende, en buena medida, del criterio individual de los agentes de tráfico. Esta situación se ha puesto de manifiesto durante las últimas semanas en redes sociales, especialmente en TikTok, donde un vídeo viral ha reavivado el debate con más preguntas que soluciones.
Según ha explicado la Guardia Civil, que ha intentado aclarar el asunto, no existe una prohibición expresa en la normativa española que impida conducir con chanclas o sin calzado. Sin embargo, la sugerencia oficial es que este tipo de zapatos se eviten, no por una cuestión formal sino por motivos de seguridad. La clave reside en que la imposición de una sanción en estos casos depende de si el agente considera que el calzado elegido afecta al control y manejo seguro del vehículo. Esta interpretación subjetiva es el origen de la polémica y del descontento entre usuarios.
Muchos conductores en plataformas digitales han manifestado su preocupación por la supuesta arbitrariedad que implica que la posibilidad de multa varíe según el criterio y la valoración del agente que supervise la conducción en ese momento. Comentarios como "me pueden multar dependiendo del estado de ánimo del agente" reflejan esta sensación de inseguridad jurídica y falta de claridad normativa.
Contexto legal y recomendaciones
El Reglamento General de Circulación, la norma que regula el tráfico y la seguridad vial en España, establece que el conductor debe utilizar calzado que permita un adecuado manejo de los mandos del vehículo. Sin embargo, no especifica qué tipo de zapatos están prohibidos ni cuáles son permitidos con exactitud. Esta vaguedad abre un amplio margen para diferentes interpretaciones, que se aplican caso por caso en función de las circunstancias específicas y del criterio del agente titular de la inspección.
La Guardia Civil ha indicado que, aunque no hay una prohibición formal del uso de chanclas, sandalias o de conducir descalzo, con estos tipos de calzado es más posible que se dificulte el buen control de los pedales. Como consecuencia, se recomienda encarecidamente evitar usar calzado con suela lisa o que no asegure la firmeza necesaria al conducir.
Posibles sanciones y factores de riesgo
La Guardia Civil aclara que una sanción podría imponerse si el agente determina que el calzado usado por un conductor reduce notablemente la habilidad para controlar el vehículo y pone en cuestión la seguridad vial. En este caso, la multa se fundamentaría en una conducta negligente o imprudente, más allá de una infracción específica sobre el tipo de calzado.
Este criterio subjetivo genera inseguridad tanto para conductores como para agentes de tráfico, quienes deben evaluar en cada caso si el calzado impide el dominio de los controles. Dado que no existe una especificación clara en el Reglamento General de Circulación sobre el calzado, la evaluación se basa en una apreciación concreta, situación que genera desconcierto y preocupación.
Ante este panorama, la Guardia Civil insiste en que, aunque la práctica de conducir con chanclas o descalzo no está prohibida, lo más recomendable es ponerse un calzado que ofrezca firmez y precisión en el manejo de los pedales. Por ejemplo, zapatos cerrados con suela antideslizante garantizan un mejor control y reducen riesgos que puedan derivar en sanciones o, peor, accidentes.
el mes segur és agafa el bus i cordar-te el cinturó que per això el tenen.