La preocupación por la jubilación y los años cotizados sigue creciendo entre los trabajadores, especialmente tras varias reformas que han endurecido los requisitos para retirarse a la edad tradicional de 65 años. Acceder a la jubilación sin penalizaciones implica cumplir con un mínimo de años cotizados cada vez más elevado, lo que obliga a muchos a revisar minuciosamente su vida laboral. En este contexto, una reciente medida aprobada en el año 2024 está generando gran interés: el sistema de Seguridad Social ofrece la posibilidad de recuperar hasta cinco años adicionales de cotización por periodos de prácticas formativas que no fueron cotizados en su momento.
Esta iniciativa abre una ventana para quienes realizaron prácticas no remuneradas, cursaron estudios universitarios o participaron en determinados programas formativos, con repercusiones significativas sobre la fecha efectiva de jubilación. Con esta propuesta, se pretende corregir situaciones de lagunas laborales que antes provocaban un retraso inevitable en la edad de retiro, ampliando las opciones para que un mayor número de personas accedan a la pensión cuanto antes.
Detalles del convenio especial y requisitos para acogerse
El convenio especial aprobado, que entró en vigor el 15 de agosto de 2024 tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), permite computar como periodos cotizados hasta cinco años por prácticas o formación que hasta ahora no contaban en el historial laboral. Para poder acogerse a esta medida, es imprescindible que dichas prácticas se hubieran desarrollado antes del 1 de noviembre de 2011 y que no hubieran sido efectivamente cotizadas.
Los beneficiarios pueden incluir:
- Personas que realizaron prácticas no remuneradas en empresas u organizaciones.
- Participantes en programas de investigación vinculados a formación universitaria.
- Estudiantes de grado, máster o doctorado, además de ciclos formativos de Formación Profesional.
- Aquellos que cursaron enseñanzas artísticas superiores o deportivas, tanto en España como en el extranjero, siempre que se cumpla el límite temporal establecido.
- Titulados universitarios que finalizaron programas de doctorado antes del 4 de febrero de 2006.
Este enfoque busca incluir a un colectivo amplio que, en muchos casos, ha visto demorada su jubilación debido a que estos años formativos no computaban para la Seguridad Social. Es importante destacar que la incorporación de estos años como cotizados no es gratuita. El interesado debe hacerse cargo del coste total de las cuotas de cotización correspondientes a los periodos recuperados. El cálculo se efectúa en base a la base mínima del grupo 7 del Régimen General vigente para el año en que se realizaron dichas prácticas, aplicando además un coeficiente reductor del 0,77.
En términos prácticos, esto suele representar un importe mensual que oscila entre 40 y 140 euros, dependiendo del año y la duración de las prácticas. Para facilitar el abono, el pago puede hacerse de manera fraccionada hasta en 84 mensualidades, aunque también es posible efectuar un único pago si el beneficiario así lo desea. El plazo para presentar la solicitud de este convenio especial está abierto hasta el 31 de diciembre de 2028, lo que ofrece un margen amplio para que los interesados puedan analizar su situación y recopilar la documentación necesaria. La Administración tiene un plazo máximo de seis meses para resolver desde la fecha de recepción de la petición.
Las solicitudes deben tramitarse ante la Tesorería General de la Seguridad Social, ya sea de forma presencial con cita previa o a través de la sede electrónica disponible. Para ello, es imprescindible acreditar documentalmente los periodos de prácticas o formación realizados, además de confirmar que estos períodos no estaban cotizados en el momento en que se llevaron a cabo. En este sentido, se recomienda recopilar certificados académicos, contratos, certificados de prácticas y cualquier otra documentación que respalde la solicitud, para agilizar su evaluación.
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