Aunque la transferencia bancaria es la forma habitual para abonar los salarios, la ley contempla excepciones que permiten recibir la nómina en efectivo. Sin embargo, esta modalidad no está exenta de restricciones y debe cumplir ciertos requisitos legales fundamentales para evitar conflictos y sanciones. El Estatuto de los Trabajadores establece que cobrar el salario en efectivo es posible, pero con un límite máximo establecido y condiciones que garantizan la trazabilidad del pago. Más allá de la comodidad que supone para algunos empleados, esta opción está circunscrita a casos muy concretos, orientados principalmente a sueldos bajos o jornadas parciales.
Si tienes dudas sobre si puedes pedir que te paguen el salario en metálico, lo esencial es que el importe no supere los 1.000 euros y que tanto el trabajador como el empleador sigan el procedimiento adecuado para documentar el abono, lo que también protege a ambas partes ante reclamaciones o inspecciones.
El marco legal que regula el pago de nóminas en efectivo combina varias fuentes normativas. Por un lado, el artículo 29.4 del Estatuto de los Trabajadores contempla la posibilidad de pagar el salario mediante cheque u otras modalidades como el efectivo. Por otro, la Ley de Medidas de Prevención y Lucha contra el Fraude Fiscal impone restricciones para limitar operaciones en dinero físico que faciliten la evasión fiscal. Desde el 2023, el límite para transacciones en metálico se redujo a 1.000 euros, un descenso importante desde los anteriores 2.500 euros. Esta capcia está pensada para controlar el flujo de dinero efectivo y facilitar el control tributario. Por tanto, para que un pago en efectivo sea legal y válido, no debe superar ese tope. Además, es imprescindible que exista una constancia firmada del trabajador que acredite la recepción del salario.
En resumen, los puntos claves del pago en metálico son:
- Importe máximo: hasta 1.000 euros en efectivo.
- Base legal principal: artículo 29.4 del Estatuto de los Trabajadores.
- Normativa antifraude aplicable: Ley de Medidas de Prevención y Lucha contra el Fraude Fiscal.
- Comprobante obligatorio: firma en la nómina para validación.
- Preferencia de medios: transferencias o cheques que crean registro.
Respetando estos elementos, se evitan malentendidos, posibles sanciones y problemas ante inspecciones laborales o fiscales.
Quién puede solicitar el abono de la nómina en metálico
En España, la mayoría de los trabajadores recibe sus salarios mediante transferencia bancaria debido a su seguridad y trazabilidad. Sin embargo, existe un volumen importante de empleados que prefieren o requieren cobrar en efectivo, ya sea por desconexión digital, desconocimiento o preferencia personal. Esta modalidad está pensada para empleados con salarios bajos, parciales o reducidos, donde el importe total de la nómina no supere los 1.000 euros. Por ejemplo, trabajadores con contratos temporales, personas con jornadas de pocas horas o empleados en sectores donde se trabaja mucho «al día» o con salarios variables por horas. Pero no basta solo con pedirlo al empleador. Las condiciones y el importe deben respetar la normativa vigente. Si se incumplen los requisitos, el pago podría estar sujeto a sanciones e incluso a reclamaciones en caso de impago por falta de soporte documental.
Para que el pago en metálico sea válido y seguro, es fundamental seguir un procedimiento riguroso. Lo más importante es dejar documentación firmada que certifique el abono. El propio recibo o nómina con la firma del trabajador actúa como prueba principal de pago. Los pasos para que el pago en efectivo sea correcto son:
- Confirmar que el importante a pagar no excede los 1.000 euros.
- Utilizar, en caso necesario, cheque u otra modalidad similar como soporte.
- Entregar físicamente la nómina junto con el pago y obtener la firma del trabajador como comprobante.
- Archivar toda la documentación relacionada para posibles inspecciones o reclamaciones futuras.
Un consejo fundamental para ambos interesados es no omitir ni perder ningún recibo o documento y siempre procurar una comunicación clara para prevenir malentendidos. La Administración laboral y tributaria mantiene una vigilancia estricta sobre los pagos en efectivo que incumplen los límites o carecen de soportes documentales. Si una empresa abona un salario en metálico que supera los 1.000 euros o no deja prueba del pago, corre el riesgo de recibir multas considerables. Estas sanciones pueden alcanzar hasta el 25% del importe abonado indebidamente.
Además, la falta de documentación apoya y aumenta las reclamaciones por parte de los empleados. Los conflictos laborales por impagos o desacuerdos se multiplican cuando no hay registro claro. Por ello, las autoridades insisten en que, salvo casos justificados, se priorice el uso de las transferencias bancarias o los cheques. Estas vías son recomendadas no solo porque existen registros automáticos, sino porque facilitan la transparencia y la seguridad jurídica para ambas partes.