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Yolanda Díaz cambia las normas y, a partir de 2026, el fichaje digital es obligatorio y avanza en la jornada de 37,5 horas, un 6,25 % menos

El Ministerio de Trabajo ultima la normativa que eliminará el control manual y reducirá el tiempo de trabajo semanal

La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Diaz, da una rueda de prensa tras la reunión del Consejo de Ministros, este martes, en el complejo del Palacio de la Moncloa | Foto: Javier Lizón

| Palma |

El Ministerio de Trabajo y Economía Social prepara dos reformas laborales de gran calado que entrarán en vigor a lo largo de 2026: la implantación del fichaje digital obligatorio en tiempo real y la continuidad del proceso legislativo para establecer la jornada laboral máxima en 37,5 horas semanales. Estas medidas, impulsadas por la vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, transformarán la gestión del tiempo de trabajo en España y afectarán a millones de empleados y empresas en todo el territorio nacional.

Las nuevas disposiciones responden a la necesidad de reforzar el control efectivo de la jornada laboral, combatir el fraude en las horas extraordinarias no retribuidas y modernizar la normativa española adaptándola a un entorno laboral cada vez más digitalizado. La combinación de ambas reformas representa uno de los cambios más significativos en la legislación laboral española de los últimos años, comparable en alcance a la introducción del registro horario obligatorio en 2019. El contexto de estas reformas se enmarca en las demandas sindicales históricas para mejorar las condiciones laborales y en los compromisos del Gobierno de coalición. Además, responde a las recomendaciones europeas sobre conciliación laboral y familiar, así como a la necesidad de adaptarse a nuevas formas de organización del trabajo surgidas tras la pandemia, como el teletrabajo y los modelos híbridos.

La principal novedad normativa consiste en la eliminación definitiva de los registros manuales o en papel para el control de la jornada laboral. A partir de 2026, todas las empresas deberán implementar sistemas digitales que permitan el fichaje electrónico de sus plantillas, con independencia del tamaño de la organización o del sector de actividad en el que operen. El nuevo modelo de control horario digitalizado establece requisitos técnicos específicos que los sistemas deberán cumplir obligatoriamente. Entre las características fundamentales destacan el fichaje en tiempo real, que impide la modificación o registro a posteriori de las horas trabajadas, evitando así posibles manipulaciones que perjudiquen a los trabajadores.

Los sistemas digitales deberán registrar con precisión de hora y minuto tanto el inicio como la finalización de cada jornada laboral. Esta precisión resulta fundamental para calcular correctamente las horas extraordinarias y verificar el cumplimiento de los descansos obligatorios establecidos por la legislación vigente. Otra característica esencial es la diferenciación expresa entre tipos de tiempo: las horas ordinarias, las horas extraordinarias y las pausas no computables como tiempo de trabajo efectivo deberán quedar claramente identificadas en el sistema. Esta separación facilitará tanto el control interno de las empresas como las labores de inspección.

El acceso remoto a los datos constituye otro pilar fundamental del nuevo modelo. Tanto los trabajadores como la Inspección de Trabajo y Seguridad Social podrán consultar los registros de forma inmediata, sin necesidad de desplazamientos físicos ni solicitudes previas que retrasen la verificación de posibles irregularidades. Paralelamente al fichaje digital, el Ejecutivo mantiene activo el proceso legislativo para reducir la jornada máxima legal desde las 40 horas actuales hasta las 37,5 horas semanales. Esta reducción del 6,25 por ciento en el tiempo de trabajo representa una de las principales reivindicaciones sindicales de las últimas décadas.

Aunque el proceso de tramitación parlamentaria continúa abierto y requiere todavía negociación con los grupos políticos, el Gobierno ha reiterado su compromiso con esta medida. La intención es que la reducción entre en vigor tras su aprobación definitiva en las Cortes Generales, previsiblemente a lo largo de 2026. La materialización de esta reforma implicará una reorganización profunda de los horarios laborales en decenas de miles de empresas españolas. Las organizaciones deberán redistribuir las cargas de trabajo, ajustar turnos y, en muchos casos, contratar personal adicional para mantener los niveles de producción o prestación de servicios.

La reducción de jornada deberá implementarse sin merma salarial para los trabajadores, según han defendido los sindicatos y ha aceptado el Gobierno. Este aspecto resulta crucial para que la medida suponga una mejora real en las condiciones laborales y no simplemente una redistribución del mismo salario en menos horas.

Consecuencias prácticas para empresas y empleados

La confluencia de ambas reformas generará un cambio estructural en la gestión laboral que afectará a diferentes niveles de las organizaciones empresariales españolas. Las pequeñas y medianas empresas, que representan el 99,8 por ciento del tejido empresarial español, deberán realizar inversiones significativas en tecnología. Las compañías tendrán que invertir en soluciones tecnológicas homologables que cumplan con los requisitos establecidos por el Ministerio de Trabajo. Existen múltiples proveedores de software de gestión de recursos humanos que ya ofrecen sistemas compatibles, aunque será necesario verificar que cumplan con las especificaciones técnicas que se establezcan en la normativa definitiva.

El control sobre las horas extraordinarias se intensificará notablemente gracias a la digitalización. La Inspección de Trabajo podrá detectar con mayor facilidad patrones irregulares, jornadas excesivas o registros manipulados. Según datos del Ministerio, las horas extra no registradas representan uno de los principales problemas en materia laboral, afectando especialmente a sectores como la hostelería, el comercio y los servicios. Los trabajadores, por su parte, dispondrán de mayor capacidad para verificar su cómputo horario personal. El acceso directo a sus propios registros les permitirá comprobar que se contabilizan correctamente todas las horas trabajadas, incluidas las extraordinarias, y reclamar en caso de detectar irregularidades.

El registro horario obligatorio en España se implantó en mayo de 2019 mediante un Real Decreto-ley que modificó el artículo 34 del Estatuto de los Trabajadores. Esta medida surgió como respuesta a una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que obligaba a los Estados miembros a garantizar que las empresas establecieran un sistema objetivo, fiable y accesible de medición del tiempo de trabajo. Desde su introducción, el registro horario ha permitido a la Inspección de Trabajo detectar irregularidades significativas en el cumplimiento de la jornada laboral. Según las memorias anuales de la Inspección, las infracciones relacionadas con el tiempo de trabajo figuran entre las más frecuentes, con sanciones que pueden alcanzar los 6.250 euros en su grado máximo.

La evolución hacia un sistema exclusivamente digital representa el siguiente paso lógico en esta política de control. La experiencia acumulada durante los últimos años ha demostrado que los registros manuales presentan vulnerabilidades y facilitan prácticas fraudulentas que perjudican a los trabajadores. El fichaje digital obligatorio afectará a todas las empresas y entidades con trabajadores por cuenta ajena, independientemente de su tamaño, sector o forma jurídica. Tanto las sociedades mercantiles como los autónomos con empleados, las administraciones públicas y las entidades sin ánimo de lucro deberán cumplir con esta obligación.

No existirán excepciones por tamaño empresarial, aunque es previsible que se establezcan períodos transitorios diferenciados para facilitar la adaptación de las pequeñas empresas y microempresas, que podrían enfrentar mayores dificultades técnicas y económicas para implementar los sistemas requeridos. La reducción de jornada no implicará disminución salarial para los trabajadores, según el planteamiento defendido por el Gobierno y los sindicatos. El objetivo es mantener el poder adquisitivo de los empleados mientras se reduce su tiempo de trabajo, mejorando así la conciliación entre la vida laboral y personal.

Esta medida podría generar incrementos en los costes laborales unitarios para las empresas, que pagarían el mismo salario por menos horas de trabajo efectivo. Las organizaciones empresariales han expresado preocupación por este aspecto, argumentando que podría afectar a la competitividad, especialmente en sectores con márgenes reducidos.

¿Qué sanciones existen por incumplir el registro horario?

El incumplimiento de las obligaciones en materia de registro horario se considera una infracción grave según la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social. Las multas pueden oscilar entre 626 euros y 6.250 euros por cada trabajador afectado, multiplicándose significativamente en casos de incumplimientos generalizados. Con la digitalización obligatoria, la Inspección de Trabajo dispondrá de herramientas más eficaces para detectar irregularidades, lo que previsiblemente incrementará el número de procedimientos sancionadores. Las empresas deberán extremar la diligencia en el cumplimiento de la normativa para evitar sanciones económicas y reputacionales.

El Ministerio de Trabajo acelera así una doble transformación del mercado laboral español: mayor digitalización en el control del tiempo de trabajo y reducción de la jornada laboral máxima. Ambas medidas, cuya implementación está prevista para 2026, pueden convertirse en uno de los cambios más relevantes en las relaciones laborales de la próxima década, situando a España entre los países europeos con jornadas laborales más reducidas y sistemas de control más avanzados tecnológicamente.

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