Síguenos F Y T I T R
Hoy es noticiaEs noticia:

Hacienda cambia las normas y, a partir de 2026, los trabajadores que cumplan esta condición recibirán una deducción de más de 1.000 euros

Los trabajadores por cuenta propia que pernoctan fuera pueden desgravar 53,54 euros diarios en territorio nacional y 91,35 en el extranjero

La ministra de Hacienda, María Jesús Montero | Foto: Europa Press

| Palma |

Miles de trabajadores autónomos podrán beneficiarse de una importante deducción fiscal que les permite recuperar más de 1.000 euros al mes en su declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Esta ventaja tributaria está diseñada específicamente para aquellos profesionales independientes que, debido a la naturaleza de su actividad económica, deben pernoctar fuera de su municipio de residencia habitual de manera regular. La Agencia Tributaria confirma que esta desgravación alcanza los 53,54 euros diarios cuando el pernocte se produce dentro del territorio español, mientras que la cifra se eleva hasta 91,35 euros cuando el desplazamiento requiere dormir en el extranjero. Para los profesionales que trabajan cinco días a la semana y necesitan pernoctar fuera cada jornada laboral, esto se traduce en una deducción mensual que puede superar los 1.070 euros.

El colectivo de trabajadores autónomos en España suma actualmente 3,43 millones de personas registradas en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). Estos profesionales, cuya supervivencia económica depende exclusivamente del rendimiento de su negocio, cuentan con diversas herramientas fiscales que les permiten optimizar su carga tributaria, siendo las deducciones por dietas y manutención una de las más significativas cuando su actividad implica movilidad geográfica.

Requisitos para acceder a la deducción máxima

Para poder disfrutar de la deducción completa de 53,54 euros por día, los profesionales independientes deben cumplir con una serie de requisitos administrativos fundamentales. El principal consiste en justificar todos los pagos realizados en establecimientos de restauración y hostelería mediante comprobantes electrónicos válidos. Esta documentación resulta imprescindible para demostrar ante la administración tributaria que los gastos están efectivamente vinculados con la actividad profesional. La normativa establece que si los gastos justificados no alcanzan el límite diario establecido, la deducción se calculará proporcionalmente según el importe real de los gastos acreditados.

Esto significa que un autónomo que pernocte fuera pero solo pueda documentar gastos por 40 euros diarios, únicamente podrá deducirse esa cantidad, no el máximo permitido. Por tanto, resulta crucial conservar todas las facturas y recibos de alojamiento, desayunos, comidas y cenas realizadas durante los desplazamientos laborales. Además, el pernocte debe estar motivado exclusivamente por razones profesionales y no puede tratarse del domicilio habitual del trabajador. La Agencia Tributaria puede requerir pruebas adicionales que demuestren la necesidad del desplazamiento, como contratos con clientes en otras localidades, asistencia a ferias profesionales, reuniones de negocio o prestación de servicios que requieran presencia física en ubicaciones alejadas del municipio de residencia.

Más allá de las dietas por pernocta, los autónomos pueden deducirse numerosos gastos relacionados con su actividad económica. Entre los conceptos deducibles más relevantes se encuentran las compras de materias primas necesarias para la producción de bienes o prestación de servicios, los salarios abonados a empleados contratados, y la propia cuota mensual que deben satisfacer a la Seguridad Social. Los gastos de alquiler del local comercial o espacio de trabajo también son completamente deducibles, así como el 30% de los suministros básicos como electricidad, agua, gas o internet cuando el domicilio particular se utiliza parcialmente para desarrollar la actividad profesional.

Esta proporción reconoce que parte del hogar se destina a uso empresarial, permitiendo desgravar una fracción razonable de estos gastos cotidianos. Otros conceptos que reducen la base imponible del IRPF incluyen las reparaciones y mantenimiento de equipos, maquinaria o instalaciones, así como determinados tributos como el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) correspondiente a inmuebles afectos a la actividad económica. También resultan deducibles los gastos financieros como intereses de préstamos destinados a la financiación del negocio, seguros de responsabilidad civil profesional y formación continua relacionada con la actividad.

Sin comentarios

No hay ningún comentario por el momento.

Relacionado
Lo más visto