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Renta 2025

Renta 2025: estas son las desgravaciones que no serán aplicables este año

La caída del escudo social paraliza incentivos clave para vivienda y movilidad sostenible en plena campaña de la Renta 2025

Las bonificaciones a la movilidad eléctrica serán de las más afectadas. | Foto: Freepik

| Palma |

El rechazo en el Congreso de los Diputados al Real Decreto-ley 2/2026, conocido popularmente como escudo social, ha desencadenado consecuencias fiscales directas . La no convalidación de esta norma, que incluía medidas de protección social como la suspensión de desahucios, arrastra consigo la paralización de varias deducciones fiscales que los ciudadanos esperaban aplicar en su Declaración de la Renta de este año.

La votación, que contó con el rechazo del PP, Junts y VOX, ha provocado que incentivos relacionados con la eficiencia energética y la movilidad sostenible queden fuera del alcance de quienes realizaron inversiones en sus hogares durante 2025 o tenían previsto hacerlo este año. La decisión parlamentaria genera ahora incertidumbre sobre la planificación fiscal de numerosas familias españolas que habían tomado decisiones de gasto confiando en estos beneficios.

La situación afecta especialmente a aquellos propietarios que apostaron por la rehabilitación energética de sus viviendas, una tendencia que había experimentado un notable crecimiento en los últimos años gracias precisamente a estos incentivos fiscales.

Deducciones por obras de eficiencia energética que desaparecen

Entre las medidas que quedan sin efecto, destaca la deducción del 20% para obras que reduzcan la demanda de calefacción y refrigeración en al menos un 7%. Este incentivo permitía recuperar hasta 5.000 euros y había sido prorrogado sucesivamente desde su creación en octubre de 2021. Con la caída del decreto, solo las obras realizadas hasta el 31 de diciembre de 2024 podrán acogerse a este beneficio fiscal en la Declaración de la Renta que se presenta este año.

Igualmente afectada queda la deducción del 40%, con un tope de 7.500 euros, destinada a obras que mejoren el consumo de energía primaria no renovable en al menos un 30%. Esta medida era aplicable tanto a viviendas habituales como a inmuebles en alquiler o con expectativa de serlo, y buscaba incentivar mejoras que permitieran alcanzar una calificación energética de clase A o B.

Ambas deducciones contemplaban inversiones en cambios de ventanas, mejora de aislamientos térmicos o instalación de sistemas de climatización más eficientes. Su eliminación afecta directamente a quienes ejecutaron estas reformas a partir del 1 de enero de 2025, ya que el escudo social pretendía extender su aplicación hasta finales de 2026.

La rehabilitación de edificios completos aún tiene vigencia temporal

A diferencia de las anteriores, existe una tercera deducción que mantiene su validez durante el ejercicio 2025, aunque será la última oportunidad para aplicarla. Se trata del incentivo del 60%, con un máximo de 5.000 euros anuales, destinado a obras de rehabilitación energética en edificios completos de uso predominantemente residencial.

Esta deducción puede aplicarse a actuaciones realizadas entre 2021 y 2025, siempre que el certificado energético correspondiente sea expedido antes del 1 de enero de 2026. Los contribuyentes que no agoten el límite anual pueden trasladar el remanente a los cuatro ejercicios siguientes, aunque la base acumulada no puede superar los 15.000 euros. Sin embargo, no podrá aplicarse en la Declaración de la Renta que se presente en 2027, correspondiente al ejercicio fiscal de 2026.

Vehículos eléctricos y puntos de recarga fuera del alcance fiscal

Otro de los golpes fiscales derivados del rechazo parlamentario afecta a la adquisición de vehículos eléctricos y la instalación de puntos de recarga. Quienes compraron o instalaron estos elementos durante 2025 aún podrán beneficiarse de una deducción del 15% sobre una base máxima de 20.000 euros en la Declaración de este año.

No obstante, las operaciones realizadas en 2026 quedan automáticamente excluidas de este incentivo fiscal. El escudo social pretendía prorrogar esta medida hasta el 31 de diciembre de 2026, permitiendo que las compras realizadas este año también pudieran acogerse al beneficio en la campaña de la Renta de 2027. Esta eliminación supone un freno inesperado para muchos ciudadanos que planificaban cambiar su vehículo de combustión por uno eléctrico durante este ejercicio.

Imputación de rentas inmobiliarias al alza

La caída del decreto también tiene consecuencias para los propietarios de inmuebles que no constituyen su vivienda habitual ni están arrendados. El escudo social mantenía el porcentaje de imputación de rentas inmobiliarias en el 1,1% para aquellos inmuebles cuyos valores catastrales hubieran sido revisados desde el 1 de enero de 2012.

Con el rechazo parlamentario, este tipo impositivo se duplica hasta el 2%, lo que representa un incremento significativo de la carga fiscal para los propietarios afectados. Este cambio impacta especialmente en segundas residencias y viviendas vacías, aumentando la tributación por el mero hecho de ser propietario.

La Agencia Tributaria vigilará durante cuatro años

La Agencia Tributaria dispondrá de un plazo de hasta cuatro años para revisar las declaraciones del IRPF correspondientes al ejercicio 2025. Esto significa que Hacienda tendrá hasta 2029 para auditar las declaraciones presentadas este año y reclamar posibles diferencias si algún contribuyente hubiera aplicado deducciones que finalmente no están vigentes.

Esta capacidad de revisión retroactiva genera un escenario de incertidumbre para aquellos contribuyentes que pudieran haber interpretado incorrectamente el alcance temporal de las deducciones paralizadas. Los expertos recomiendan extremar la prudencia al cumplimentar la Declaración de la Renta y consultar con asesores fiscales en caso de duda sobre la aplicabilidad de estos incentivos.

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