El Boletín Oficial del Estado publica este lunes la prórroga a partir de medianoche y hasta que el próximo día 21 termine el estado de alarma de la restricción temporal de viajes no imprescindibles desde terceros países a la Unión Europea y países asociados Schengen con motivo de la crisis del coronavirus. Aunque la restricción temporal mantendrá su vigencia hasta la finalización del estado de alarma, la orden del Ministerio de Sanidad deja abierta la posibilidad de prorrogarla, en los mismos términos, hasta las 00:00 horas del 30 de junio.
De esta orden, quedan exentos el personal diplomático y los residentes habituales en la Unión Europea, en los Estados asociados Schengen o Andorra que se dirijan directamente a su lugar de residencia y los titulares de un visado de larga duración expedido por un Estado miembro o Estado asociado Schengen que se dirijan a éste.
También podrán seguir entrando en España los trabajadores transfronterizos, los profesionales sanitarios o del cuidado de mayores que se dirijan o regresen de ejercer su actividad laboral, personal dedicado al transporte de mercancías en el ejercicio de su actividad, incluidos los tripulantes de los buques, y personal de vuelo.
Además quedan al margen de la prohibición quienes viajen por motivos familiares imperativos debidamente acreditados y quienes acrediten documentalmente motivos de fuerza mayor o situación de necesidad, o cuya entrada se permita por motivos humanitarios.
Estas disposiciones no afectan ni a la frontera terrestre con Andorra ni al puesto de control de personas con el territorio de Gibraltar.
Con carácter temporal, se mantiene el cierre de los puestos terrestres habilitados para la entrada y la salida de España a través de las ciudades de Ceuta y Melilla.