El Juzgado de Primera Instancia número 17 de Palma ha elevado una nueva cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) para pedirle que aclare si la interpretación que el Tribunal Supremo ha hecho del IRPH va en contra del Derecho de la Unión. El TJUE respondió en sus autos del 17 de noviembre de 2021 a las preguntas formuladas por dos Juzgados de Barcelona e Ibiza, aclarando que, para que exista transparencia en la cláusula IRPH, no es necesario entregar un folleto al consumidor antes de la firma del contrato que recoja la evolución anterior del índice, ni que el contrato incluya una definición concreta del mismo, dado que la información relativa al IRPH «es objeto de publicación oficial».
El Tribunal Supremo aplicó este criterio y corrigió tres sentencias de los juzgados de primera instancia y las audiencias provinciales que habían declarado la nulidad de las cláusulas IRPH, al considerar que no superaban el control de transparencia, por no haber facilitado el banco al cliente información sobre los términos de la oferta vinculante, ni haberle explicado las consecuencias de la elección de ese índice en lugar de otros que hubieran resultado más favorables para él. En su interpretación del criterio del TJUE, el Tribunal Supremo estableció que cada juez debía examinar si la cláusula era abusiva y que la publicación del IRPH en el Boletín Oficial del Estado (BOE) salvaba las exigencias de transparencia en cuanto a la composición y cálculo del IRPH.
La jueza de Palma Margarita Isabel Poveda Bernal ha elevado una nueva cuestión prejudicial a Europa para que el TJUE haga un pronunciamiento «contundente, claro y preciso que solucione las actuales dudas interpretativas y jurisprudencia contradictoria en relación a la posible práctica abusiva, con infracción del derecho de la Unión Europea, por parte de las entidades financieras en contratos de préstamo hipotecario celebrados con consumidores por la imposición de la cláusula del índice IRPH». Tras conocer la nueva cuestión prejudicial, que quiere reactivar la cuestión del IRPH en Europa, Asufin ha recordado que, tal y como ha puesto de relevancia en numerosas ocasiones, al consumidor le resulta difícil comprender que una cláusula que no es transparente no sea entendida como abusiva. «Esperamos y deseamos que esta cuestión prejudicial prospere porque, hay numerosos juzgados de primera instancia que están fallando en contra del criterio del Supremo», ha señalado la asociación.