El líder del PSC, Salvador Illa, ha asegurado este viernes que sus «líneas rojas» en la modificación del Código Penal en lo referente al delito de malversación es que tanto la «corrupción política» como el «uso indebido o arbitrario de fondos públicos», también para fines políticos, deben tener sanción penal. ERC ha registrado hoy en el Congreso una enmienda a la reforma del Código Penal que propone modificar el delito de malversación que afecta a autoridades y funcionarios para distinguir si esa apropiación indebida de bienes conlleva o no ánimo de lucro para la persona, de forma que fija penas más bajas para quienes no se beneficien personalmente del delito.
En paralelo, el grupo socialista y Unidas Podemos han presentado otra enmienda a esa proposición de ley de reforma del Código Penal por la que se introduce un nuevo tipo penal para castigar con hasta 3 años de cárcel a los cargos públicos cuyo patrimonio aumente en más de 250.000 euros sin que puedan justificarlo. En una entrevista con EFE, Illa ha aplaudido ese «nuevo delito de enriquecimiento ilícito» que pone a España en «la vanguardia de la lucha contra la corrupción». Pero preguntado por las enmiendas de ERC, el líder de los socialistas catalanes ha sido tajante: «No se ha de dar ningún paso atrás en materia de corrupción. La corrupción política debe tener sanción penal y no tiene que haber ningún beneficio para los condenados. Y el uso indebido de fondos públicos ha de tener sanción penal. Es lo que pienso, son dos líneas rojas». Un uso «irregular y arbitrario» de fondos públicos también para fines políticos que para Illa es una «línea infranqueable», a partir de la cual se podrán «estudiar las enmiendas» presentadas.
Para el dirigente, el Gobierno tiene en cuenta lo que ocurrió hace cinco años en Cataluña, adapta el Código Penal a la normativa europea, pero en ningún caso deja «desprotegido» al Estado para «defenderse de una eventual repetición de lo que vivimos en Cataluña» en octubre de 2017. «Estoy seguro de que no se volverá a producir -ha aseverado-. Pero si volviera a suceder, estoy seguro que el Estado tiene elementos para poder dar respuesta a ello». Como ejemplo ha recordado que sigue existiendo el delito de rebelión en el Código Penal; que las conductas de 2017 «siguen tipificadas» en el nuevo delito de desórdenes públicos agravados; que se incorpora el nuevo tipo penal de enriquecimiento ilícito; y que «sigue vigentes otros instrumentos, como el artículo 155». «Lo digo para dejar las cosas claras», ha apuntado.
Respecto a las críticas desde sectores del independentismo o algunos movimientos sociales al nuevo delito de desórdenes públicos agravados, ha asegurado que el propósito de la reforma «no es penalizar ni criminalizar la protesta, sino tipificar como desórdenes públicos agravados conductas que se produjeron hace cinco años, en lugar de que sean tipificadas como sedición». «Y si hay alguna propuesta para afinar esta tipificación, se puede estudiar», ha sugerido Illa, que ha reiterado que «no hay ninguna voluntad de impedir protestas».