La propuesta de informe del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) sobre el anteproyecto de la Ley de Familias cuestiona la «atomización» que hace la norma al contemplar 20 tipos de familias porque considera que «rebasa el marco constitucional y crea confusión, inseguridad jurídica y desigualdad». Así consta en la ponencia que el próximo jueves deberá ratificar o modificar el Pleno del CGPJ después de que el Consejo de Ministros apruebe este martes la ley de familias, impulsada por el Ministerio de Derechos Sociales, para enviarlo al Congreso de los Diputados.
Para el Consejo, merece una «consideración positiva» el concepto de familia que «inspira» el anteproyecto porque se ajusta a la doctrina del Tribunal Supremo, del Tribunal Constitucional y del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) «en la medida en que se contempla sobre la base de vínculos parentales o de convivencia».
Aunque remarca que contiene una regulación «cuanto menos confusa en lo que a los conceptos de unidad familiar y familia». Reconoce que el Constitucional parte de «un concepto amplio» de familia, si bien el informe preliminar critica «la atomización que la ley realiza a la hora de detallar los supuestos incluidos en su ámbito de aplicación» puesto que prevé distintos tipos de protección en función de diferentes supuestos. Incluso, advierte, de que pueden darse «casos de solapamiento de dos o más categorías» de familia, a lo que se suma la equiparación de las personas solas, «sin que se expliquen los motivos».
«La norma proyectada rebasa el marco constitucional y crea confusión, inseguridad jurídica y desigualdad entre los destinatarios de las medidas de protección recogidas en el anteproyecto», destaca el informe, redactado por los vocales Juan Martínez Moya y Pilar Sepúlveda, que es preceptivo pero no vinculante. Entre los 20 tipos de familias que recuenta el Consejo en la ley figuran la familia monomarental o monoparental, joven (formada por menores de 29 años y sus hijos), LGTBI, reconstituida, residente en el medio rural, intercultural, transnacional, inmigrante o parejas de hecho.
Por otra parte, el informe del CGPJ valora que el anteproyecto incluya el interés superior del menor «no sólo como uno de los valores fundamentales de las políticas de apoyo a las familias, sino a lo largo del articulado de la norma proyectada en relación a determinadas situaciones que se regulan». También aplaude que el legislador fije «la protección integral del modelo de familia previsto constitucionalmente y en la normativa de Derecho Internacional» entre los fines y objetivos de la ley.
No obstante, el Consejo avisa de que el anteproyecto contiene «en gran parte de su articulado disposiciones de carácter programático, algunas de las cuales se reducen a enunciados normativos meramente descriptivos, sin contenido jurídico propiamente dicho». Y en otros casos, detalla, los epígrafes se limitan «a reproducir en sus proposiciones facultades o derechos que ya están reconocidos en otras normas».