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Independentismo catalán

El Supremo cita a Puigdemont para declarar por videoconferencia tras las elecciones catalanas

La Audiencia Nacional sigue investigando a una decena de imputados por estos hechos, entre ellos la dirigente de ERC Marta Rovira

El candidato de JxCat y expresidente de la Generalitat, Carles Puigdemont. | David Baret

| Madrid | |

La jueza del Tribunal Supremo Susana Polo ha citado al expresidente catalán Carles Puigdemont y al diputado autonómico Rubén Wagensberg a declarar por videoconferencia como investigados por el caso Tsunami Democràtic entre el 17 y 21 de junio, poco más de un mes después de los comicios catalanes del 12 de mayo.

La magistrada ha dictado un auto en el que precisa que la fecha concreta de las citaciones se fijará más adelante, si bien las encuadra entre esos días de junio posteriores a las elecciones autonómicas a las que se presenta como candidato Puigdemont y también a la entrada en vigor de la ley de amnistía, si se cumplen los plazos previstos.

Susana Polo, que investiga por delitos de terrorismo la causa de Tsunami que afecta a ambos aforados, indica que ambas declaraciones se efectuarán por videoconferencia y que los imputados deberán asistir acompañados de abogado. Lo primero que ha hecho la magistrada ha sido cursar una Orden Europea de Investigación y/o comisión rogatoria internacional para confirmar formalmente el «paradero y domicilio» de Puigdemont, que huyó de España en octubre de 2017 y reside en Bélgica, y de Wagensberg, que se trasladó a Suiza en enero.

El auto precisa que la fecha de las videoconferencias se especificará más adelante, de común acuerdo entre el estado requirente y requerido. La magistrada ha acordado las citaciones en cumplimiento del auto del pasado 29 de febrero en el que el Supremo acordó abrir una investigación por delitos de terrorismo contra ambos por el caso relativo a los disturbios atribuidos a la plataforma Tsunami Democràtic del otoño de 2019 en Barcelona en respuesta a la sentencia del «procés». En dicho auto, el Supremo consideró que los hechos que se imputan se incardinan en el delito de terrorismo y recogió en su argumentación al menos una decena de sentencias de terrorismo callejero.

Indicaron entonces los magistrados que Puigdemont que «hubiera podido evitar» los disturbios que siguieron a la sentencia del 'procés' «retirando su apoyo carismático» pero, «lejos de eso, animó a seguir en las acciones violentas que se desarrollaron con su conocimiento y consentimiento». Y apuntaron a que «en una organización delictiva los hombres de atrás, que ordenan delitos con mando autónomo -pudiendo evitarlo- pueden, en este caso, ser responsables como autores mediatos, aun cuando los ejecutores inmediatos sean, asimismo, castigados como autores plenamente responsables». El Supremo sólo asumió la parte de la causa que afectaba a ambos aforados, mientras que la Audiencia Nacional sigue investigando a una decena de imputados por estos hechos, entre ellos la dirigente de ERC Marta Rovira.

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