Veintidós senadores, entre los que se incluyen los de PNV, Bildu, Junts y ERC, han registrado este lunes una propuesta de reforma del Reglamento de la Cámara Alta alternativa a la que tiene en marcha el PP, para que esta incluya el uso total de las lenguas cooficiales. El PP presentó hace tres semanas una propuesta de reforma del Reglamento que incluye cambios en el texto de 44 de los 196 artículos.
En ella, el PP incluye, entre otros muchos aspectos, obligar al presidente del Gobierno a acudir una vez al mes al pleno, salvo justificación motivada, y cambiar lo relativo al procedimiento de urgencia, que fue reformado para postergar la ley de amnistía y que ya ha sido declarado inconstitucional por el Tribunal Constitucional.
La propuesta alternativa de reforma, en cambio, se centra en el uso de las lenguas diferentes al castellano, para equiparar su uso total en el Senado con lo que ya se hace en el Congreso. Ahora en el Senado solo se permiten otras lenguas en las comisiones, y en el pleno si se debaten mociones no legislativas. La propuesta de reforma está firmada por los cinco senadores del PNV, los cinco de EH Bildu, los cuatro de Junts, los cuatro de ERC, la del BNG, el de Compromís, la de Geroa Bai y el que representa a Ibiza y Formentera.
De lo siguiente se verifica la importancia del catalán. Igual que en Baleares que nos la IMPONEN desde 1983, y en el congreso de España que la metieron sin la aprobación del pleno. Obra y gracia de la Sra. catalanistas Barmengol. Copy/pega de la Razón (si la vista no me engañó): Cerrojazo de la Justicia francesa al catalán: mantiene su prohibición como lengua prioritaria en los plenos municipales El Tribunal de Toulouse ha ratificado que el francés debe ser la lengua prioritaria, rechazando el recurso presentado por el Ayuntamiento de Elna De esta manera, se mantiene la decisión del Tribunal Administrativo de Montpellier del año pasado, que establecía que el francés debía ser la lengua adoptada en los plenos de los ayuntamientos, como así los establece el artículo 2 de la Constitución francesa. El artículo 1 de la Ley de 4 de agosto de 1994 establece que la lengua francesa es "un elemento fundamental de la personalidad y patrimonio de Francia, siendo la lengua de la República en virtud de la Constitución". Y añade: "el uso del francés es obligatorio para las personas jurídicas de derecho público". Por ello, considera que los documentos administrativos deben redactarse en francés. No obstante, el Tribunal de Toulouse sí abre la posibilidad de traducir las intervenciones al catalán, una vez sean expresadas en francés.