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Renta 2024

Esto es lo que se pueden desgravar las familias con hijos en la declaración de la renta en Baleares

Es muy importante conocer todas las rebajas fiscales existentes para que el resultado sea lo más beneficioso posible para el contribuyente

Tener hijos desgrava en la declarión de la renta | Foto: Wavebreak Media LTD

| Palma |

Las familias cada vez tienen más dificultades para llegar a fin de mes, por lo que presentar la declaración de la renta se presenta como una oportunidad para conseguir unos ingresos extras, ya que tener hijos desgrava. Por ello, es muy importante que los contribuyentes con descendientes tengan claro las desgravaciones a las que pueden acogerse.

Una de las más importantes es la que se aplica por maternidad, que permite a las madres con hijos menores de tres años deducirse 100 euros al mes, es decir, hasta 1.200 euros al año. No obstante, éstas también deben cumplir una de estos tres requisitos para poder beneficiarse. Uno de ellos es que en el momento del nacimiento perciban alguna prestación contributiva o asistencial del sistema de protección de desempleo. Otro es que cuando nazca el bebé estén dadas de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o mutualidad. También se pueden acoger las mujeres que en en cualquier momento posterior al parto estén dadas de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o mutualidad con un período mínimo de 30 días cotizados.

Cabe destacar que el Govern también aplica su propia deducción autonómica por nacimiento. En concreto, se trata de 800 euros por el primer hijo; 1.000 euros por el segundo; 1.200 euros por el tercer; y 1.400 euros por el cuarto y siguientes. A efectos de determinar el derecho a esta deducción y el número de orden del hijo nacido, se tendrán en cuenta los hijos que convivan con el contribuyente y para los cuales se pueda aplicar el mínimo por descendientes a la fecha de devengo del impuesto, y se computarán tanto los hijos naturales como los adoptivos.

Por su parte, los gastos relativos a los descendientes o acogidos menores de seis años por motivos de conciliación también se pueden desgravar. En general, el 40 % del importe anual satisfecho por los gastos derivados de la prestación de los siguientes servicios a descendientes o acogidos menores de seis años. En concreto, se trata de las estancias de niños de 0 a 3 años en escuelas infantiles o en guarderías; el servicio de custodia, comedor y actividades extraescolares de niños de 3 a 6 años en centros educativos; así como la contratación de una persona para cuidar del menor. El límite máximo de la deducción aplicable será de 660 euros anuales.

El aprendizaje de idiomas también se puede deducir, concretamente, el 15 % de los importes destinados al aprendizaje extraescolar de lenguas extranjeros por los hijos que cursen estudios correspondientes al segundo ciclo de educación infantil, a la educación primaria, a la educación secundaria obligatoria, al bachillerato y a los ciclos formativos de formación profesional específica.

Cursar estudios de educación superior fuera de la Isla de residencia habitual también desgrava. La cuantía y límite máximo de la deducción es de 1.800 euros por cada descendiente que cumpla los requisitos; el importe de esta deducción no podrá exceder el 50 % de la cuota íntegra autonómica.

1 comentario

Miris on miris, tot són guiris Miris on miris, tot són guiris | Hace 8 meses

El 15% del que paguem, anirà a espanya i no tornarà mai més

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