El juez Juan Carlos Peinado ha expulsado de la causa que investiga a Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, al autodenominado sindicato Manos Limpias, que fue la parte que dio origen al procedimiento al presentar una denuncia basada en recortes de prensa. Fuentes jurídicas han confirmado a EFE este miércoles la noticia, adelantada por la SER, de que Peinado, titular del Juzgado de Instrucción número 41 de Madrid, ha decidido sacar del procedimiento a Manos Limpias por no haber entregado el justificante del pago de la fianza que el instructor impuso para ser acusación popular a las partes que así figuran.
De hecho, el juez tomó esta decisión el pasado día 24, el mismo día en que el abogado Carlos Perales comunicó vía burofax su renuncia a seguir representando a Manos Limpias al apreciar que las decisiones de esa asociación responden a «fines de naturaleza política». Fuentes jurídicas han confirmado que el planteamiento de Manos Limpias motivó la renuncia del letrado.
El letrado aseguró en un escrito que el planteamiento de Manos Limpias es «incompatible» con los principios de su despacho, dado que «ha ido transformándose de manera paulatina en un asunto cuya exposición y tratamiento exceden del marco jurídico para situarse en el terreno de la controversia política y mediática» y que la evolución del caso está fuera de los criterios estrictamente profesionales.
A su juicio, las decisiones estratégicas del procedimiento «ya no se inspiran prioritariamente en la lógica procesal ni en la solidez de los argumentos jurídicos, sino que responden, en buena medida, a consideraciones de oportunidad política, impacto en la opinión pública o posicionamiento ideológico». El abogado destacó que esta orientación procesal supone un alejamiento claro de los principios jurídicos y que el rumbo del procedimiento está marcado por factores ajenos al ámbito estrictamente legal.
Esa deriva «resulta incompatible con la praxis que rige el ejercicio de la abogacía, fundada en la independencia, el rigor técnico y la estricta sujeción a criterios jurídicos objetivos», añadió el letrado, quien recordó que el Código Deontológico de la Abogacía Española impone al letrado el deber de actuar con plena independencia, preservando la función social de la Abogacía frente a presiones o intereses ajenos al proceso. En este sentido, subrayó la obligación de independencia profesional y también la necesidad de preservar la función social de la profesión.
EN PEPÊT GONELLAYo entiendo que el juez no le guste ,pero para esto existen instancias superiores que supervisan o corrigen los posibles errores ... Lo suyo es el insulto, la descalificacion y la mentira ..