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La DGT introduce cambios clave en el carnet de conducir para los nacidos entre 1956 y 1961

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A la hora de sacarse el permiso para ponerse al volante de un coche, es decir, la licencia B, es necesario haber cumplido los 18 años justo el día del examen práctico, ya que es la edad mínima legal para obtenerlo según marca la Dirección General de Tráfico. Sin embargo, la normativa española no tiene estipulada una edad máxima como límite, por lo que la posibilidad de renovar el permiso de conducir depende de un reconocimiento psicofísico del conductor.

Por ello, es fácil que ciudadanos de más de 80 o 90 años sigan al volante de sus vehículos de forma totalmente legal. Actualmente, España cuenta con un récord de 4,8 millones de conductores mayores de 65 años, lo que representa el 17,5 % del censo total. Este 2026 marca un punto de inflexión para los nacidos entre 1956 y 1961.

¿Qué cambios llegan para los nacidos entre 1956 y 1961?

Supone un cambio de horquilla legal para estos dos grupos de conductores muy específicos. Por un lado, los nacidos en 1961 cumplen 65 años, edad que marca el paso de una renovación cada diez años a una cada cinco años para conductores generales, y de cinco a tres años para los profesionales.

Esto implica que deberán someterse al reconocimiento médico con el doble de frecuencia para verificar que mantienen sus capacidades físicas y cognitivas. El coste del psicotécnico suele oscilar entre los 20 y 50 euros, a lo que deben sumar la tasa general de tráfico de 24,58 euros.

Por otro lado, los conductores nacidos en 1956 alcanzan los 70 años este año. Para ellos, la normativa contempla una ventaja económica importante, ya que quedan exentos de pagar las tasas de tráfico para la renovación del permiso, ahorrándose los citados 24,58 euros. No obstante, sí deben abonar el coste del informe de aptitud psicofísica en el centro autorizado. Además, este colectivo puede acudir a las Jefaturas de Tráfico para realizar trámites presenciales sin necesidad de solicitar cita previa, siempre que sea para un trámite propio.

¿Cómo renovar el carnet de conducir en España?

El proceso de renovación es sencillo y puede iniciarse hasta tres meses antes de la fecha de caducidad. La opción más directa es acudir a un Centro de Reconocimiento de Conductores autorizado, donde se realiza la prueba de aptitud psicofísica. Estos centros se encargan de tramitar telemáticamente la renovación con la DGT, por lo que el conductor solo tiene que pagar el coste del reconocimiento y la tasa correspondiente (si no es mayor de 70 años). Tráfico enviará el nuevo carnet por correo postal al domicilio del interesado, entregando en el acto una autorización provisional para conducir durante tres meses.

También es posible realizar el trámite presencialmente en cualquier Jefatura u Oficina de la DGT, aunque para ello es obligatorio solicitar cita previa por internet o llamando al 060. En este caso, el conductor debe aportar el informe de aptitud expedido previamente por un centro médico. Es fundamental recordar que está totalmente prohibido conducir con el carnet caducado, incluso si ya se tiene cita para el reconocimiento médico; hacerlo se considera una infracción grave sancionada con una multa de 200 euros.

¿Qué restricciones y limitaciones puede imponer la DGT tras el psicotécnico?

Superar el examen psicotécnico es el filtro decisivo para garantizar la seguridad vial. Durante las pruebas de visión, audición, coordinación y reflejos, si el médico detecta un deterioro que no impida totalmente la conducción, pero sí la comprometa, la DGT puede emitir un permiso con limitaciones personalizadas. Estas restricciones buscan adaptar la conducción a las capacidades reales de la persona para evitar situaciones de riesgo en la carretera.

Entre las limitaciones más frecuentes que se aplican a los conductores sénior se encuentran la prohibición de conducir en horario nocturno o la restricción para circular por autopistas y autovías. También es común limitar la conducción a un radio de kilómetros determinado alrededor del domicilio o a trayectos cortos conocidos por el conductor. Asimismo, se puede imponer la obligación de utilizar elementos correctores como audífonos o gafas específicas, o incluso reducir los periodos de validez del carnet a plazos inferiores a los cinco años si se detecta una enfermedad que pueda agravarse rápidamente.

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