Los impuestos son un mal imprescindible. Las infraestructuras básicas y los servicios públicos requieren de recursos que las administraciones recaudan por distintas vías. Las grandes fortunas salen mal paradas en Balears respecto a otras comunidades, ya que es la segunda comunidad con el impuesto más alto para patrimonios de cuatro y 15 millones de euros. Pero la clase media también sufre una presión fiscal alta en comparación con otras regiones, ya que el Archipiélago es la cuarta comunidad de quince que más grava las rentas brutas de 20.000 euros.
Las comunidades tienen las obligaciones de prestar los servicios sociales básicos del estado del bienestar -educación, sanidad y servicios sociales-, pero el Estado es el principal recaudador.
Las críticas al actual sistema de financiación autonómico, cuya modificación por parte del Gobierno central lleva cuatro años de retraso, son unánimes. El motivo es claro: los recursos que llegan en la actualidad son insuficientes y reclaman un nuevo modelo más justo.
El Estado se queda la recaudación del Impuesto de Sociedades. También recauda el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) y el Impuesto sobre la Renta a las Personas Físicas (IRPF) y cede el 50% del importe colectado de ambos tributos a las comunidades autónomas. Además, las comunidades se quedan con el 58% de los impuestos especiales (cerveza, vino, bebidas fermentadas…), que previamente ha recaudado el Estado.
En cambio, los impuestos transferidos son gestionados directamente por cada comunidad, que se queda con el 100% de la recaudación. Son, entre otros, el de patrimonio (IP), el de sucesiones y donaciones (ISD), el impuesto de transmisiones patrimoniales (ITP) o el de actos jurídicos documentados (AJD).
IRPF. El IRPF es un impuesto indirecto que se aplica de manera progresiva en función de las rentas obtenidas, ya sean del trabajo o del capital. Las comunidades autónomas tienen capacidad normativa sobre el importe del mínimo personal y familiar aplicable para el cálculo del gravamen autonómico. Es decir, que pueden aumentar o disminuir las cuantías establecidas para los mínimos por contribuyente, descendientes, ascendientes y discapacidad. Eso sí, con un límite máximo del 10%. Las comunidades también pueden establecer diferentes deducciones.
Por ejemplo, como novedad, en esta campaña de la renta se ha creado una deducción de 1.500 euros en el gasto de cursar estudios de educación fuera de la isla de residencia habitual. También se puede deducir el 75% con un máximo de 400 euros de los gastos de primas de seguros que cubran total o parcialmente el impago de las rentas de alquiler destinadas a vivienda. También se ha aumentado la deducción por la adquisición de acciones o participaciones sociales en nuevas entidades hasta el 30% de la inversión, se puede deducir hasta el 50% de los gastos en la mejora de la sostenbilidad de la vivienda habitual, y aumenta hasta los 400 euros la deducción por el arrendamiento de la vivienda habitual para jóvenes, discapacitados y familias numerosas, entre otros.
Un contribuyente soltero, menor de 65 años y sin hijos que obtiene unas rentas brutas del trabajo de 20.000 euros pagará en Balears 2.382,63 euros por el Impuesto sobre la Renta. De estar en Madrid, solo pagaría 2.303,96 euros, que es la comunidad con un tributo más bajo para este nivel de renta. En cambio, donde más pagaría sería en Catalunya, un total de 2.510,70 euros, de acuerdo con el Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF).
Balears es la cuarta comunidad con el IRPF más alto para contribuyentes que ganan 20.000 euros, pero solo son unos cincuenta euros por encima de la media. Para personas que ganan 30.000 euros brutos, Balears es la quinta comunidad con mayor IRPF, ya que pagaría 5.026,51 euros. La comunidad con la fiscalidad más alta es Catalunya (5.102,90 euros) y la más baja es Madrid (4.829,64 euros).
En cambio, un contribuyente con unas rentas brutas de 110.000 euros pagaría en las Islas 37.025,67 euros. En este caso, Balears es la tercera comunidad de 15 donde la cuota a pagar sería más baja. Y para las rentas de 300.000 y 600.000 euros, la cantidad de IRPF de Balears se situaría en novena posición. Pagarían, respectivamente, 126.428,50 euros y 268.928,50.
Además, en 2017 se observó que en Balears la retención en los tramos bajos y medios de renta suele ser inferior a la tributación final, mientras que en los tramos altos de renta se retiene más que el importe final a pagar.
PATRIMONIO. El impuesto sobre el patrimonio grava las grandes fortunas. Las comunidades tienen capacidad normativa para modificar el mínimo exento, el tipo de gravamen y las deducciones y bonificaciones. Por regla general el mínimo exento es de 700.000 euros -que es el que se aplica en Balears- y también está exenta la vivienda habitual del contribuyente hasta 300.000 euros. La comunidad de Madrid tiene una bonificación del 100%, de manera que los contribuyentes de este territorio no tienen que pagar patrimonio. La Rioja aplica una bonificación del 75%.
En las Islas se bonifica el 90% de los bienes de consumo cultural. El importe a pagar por un patrimonio de 800.000 euros -sin contar los 300.000 euros euros de vivienda habitual que están exentos- sería en Balears de 280 euros. La cantidad es mayor que en 10 comunidades, pero inferior a los más de mil euros a pagar en Aragón o Extremadura. Un contribuyente con un patrimonio de 15 millones de euros paga en Balears 375.790 euros, situándose como la segunda comunidad donde las fortunas pagan más. Para un patrimonio de cuatro millones de euros, también sería la segunda comunidad con el impuesto más alto.
SUCESIONES Y DONACIONES. Las comunidades también tienen una gran capacidad normativa para modificar los impuestos de donaciones y sucesiones. Pueden decidir reducciones propias, cambiar la tarifa, la cuantía y los coeficientes del patrimonio preexistente o las deducciones y bonificaciones de la cuota. El impuesto es menor a mayor grado de parentesco.
En Balears las parejas estables inscritas en el registro correspondiente se han equiparado a los cónyuges y pueden acceder a las mismas reducciones, cuantías, bonificaciones y deducciones.
El Registro de Economistas Asesores Fiscales ofrece un ejemplo del impuesto a pagar si un soltero de 30 años hereda bienes de su padre por valor de 800.000 euros, de los que 200.000 corresponden a la vivienda del fallecido. En este caso en Balears este joven pagaría 5.950 euros, que es de las comunidades donde tributaría menos. En Aragón la cuota líquida sería de 155.393,76 por heredar lo mismo. Si, en cambio, el joven recibe una donación por parte de su padre de 800.000 euros en dinero en efectivo, tributaría en las Islas 56.000 euros, el 7%, una cantidad media entre los 200 euros que pagaría en Canarias y los 208.159,35 euros de Andalucía.
ITP Y AJD. El impuesto de transmisiones patrimoniales grava principalmente las trasmisiones de bienes muebles e inmuebles, mientras que el impuesto de actos jurídicos documentados grava los documentos notariales.
Por comprar un inmueble no destinado a vivienda habitual valorado en 150.000 euros se pagan en las Islas 12.000 euros del impuesto de transmisiones (el 8%) y por escriturarlo, 1.800 de actos jurídicos documentados (1,2%).
IMPUESTOS PROPIOS. Las comunidades pueden crear tributos propios siempre que cumplan una serie de requisitos. Por ejemplo, no pueden establecer tributos sobre hechos ya gravados por los ayuntamientos ni por el Estado, ni gravar hechos producidos en otra comunidad, así como tampoco pueden ser un obstáculo para libre circulación de personas, mercancías o servicios. En la práctica, los impuestos propios tienen un efecto limitado en la recaudación. En 2015 la recaudación por impuestos propios en Balears fue de 77.462.500 euros, que se incrementó un 55,7% en 2016 con el impuesto sobre las estancias turísticas, hasta los 120.590.600 euros. A pesar de que la llamada 'ecotasa' multiplica los ingresos, los impuestos propios representaron solo el 3,8% de los ingresos tributarios de la Comunitat en 2016, que ascendieron a 3.182,4 millones de euros. En 2015 representaban el 2,7% de los ingresos tributarios.
Balears cuenta en la actualidad con tres tributos propios. La principal novedad es la modificación del impuesto del turismo sostenible, que duplica la cuantía a pagar en temporada alta. El impuesto sobre las estancias turísticas se creó con la Ley 2/2016, de 30 de marzo, y se aplica desde el 1 de julio de ese año. El 1 de enero de 2018 entró en vigor una modificación que duplicará las tarifas del impuesto en temporada alta -entre mayo y octubre-. También se amplió la tarifa a todos los turistas de cruceros, que antes pagaban solo los buques con escalas superiores a 12 horas. La Federación Empresarial Hotelera de Mallorca (FEHM) ha recurrido la ley que desarrolla el impuesto.
La recaudación por el tributo sobre las estancias turísticas fue desde julio a diciembre de 2016 de 33.997.500 euros.
El canon de saneamiento, aplicado desde 1991, se modifició en mayo de 2016. La recaudación en 2015 fue de 77.462.500 euros y aumentó en 2016 hasta los 86.593.100 euros.
Además, Balears tiene también un impuesto sobre los juegos del bingo, pero aplica un tipo cero, así que en la práctica no recauda nada por este tributo.