El Govern ha presentado el "muy moderno" texto de la nueva Ley General Turística, que ha salido a exposición pública este mismo lunes, y que, según ha considerado, dará "un vuelco total" al sector en la comunidad y que contempla, entre otros aspectos, la regulación de la reconversión de los establecimientos turísticos obsoletos que justifiquen su inviabilidad turística y económica en otros usos, o el endurecimiento de las sanciones en un 30 por ciento para la oferta ilegal.
Según ha explicado el conseller de Turismo y Deportes, Carlos Delgado, acompañado por el director general de Turismo, Jaime Martínez, la nueva normativa "no tiene nada que ver con la antigua" y surge a raíz de la necesidad de actualizar la ley a la realidad actual para eliminar las trabas administrativas, garantizar la seguridad jurídica y modificar legislación obsoleta.
Delgado, quien ha admitido que en el texto hay "muchísimas cosas que pulir", ha afirmado que la ley será "perfeccionada" durante el trámite parlamentario, con el objetivo de que se convierta en una normativa "consensuada" y que tenga "plena vigencia durante muchos años".
Además, ha explicado algunos de los aspectos que contempla como el cambio de uso en las zonas turísticas maduras, oferta obsoleta y casos concretos por racionalidad urbanística. En este sentido, ha indicado que se permitirán viviendas de 90 metros cuadrados con una densidad de una vivienda cada 120 metros cuadrados de edificación, lo que estará condicionado a la reforma integral del edificio, aunque se permitirán otros tamaños de vivienda en casos excepcionales.
El conseller ha explicado también que en todo tipo de suelo rústico se permitirán los establecimientos de alojamiento de turismo rural en edificaciones existentes y que se prohíbe la extracción de alimentos y bebidas para ser consumidos fuera del establecimiento turístico de alojamiento.
MEJORA DE LA PLANTA HOTELERA
En relación a la mejora de la planta de establecimientos turísticos, el texto incluye la creación de nuevas figuras, como los establecimientos turísticos de alojamiento coparticipados o compartidos, y la simplificación, mejora o creación de turismo rural.
En el primer caso, Delgado ha señalado que el texto "no entra" en ninguna denominación en concreto. No obstante, por otro lado, ha especificado que los condohoteles tendrá que tener abierto un mínimo de ocho meses al año, y que las personas que adquieran una plaza podrán disponer de ella durante un máximo de dos meses.
Otro de los puntos más destacados del texto es que hace hincapié en la necesidad de intercambiar las plazas en los nuevos hoteles -a excepción del turismo rural-, estancias turísticas de viviendas, hoteles de ciudad de cuatro y cinco estrellas, hoteles de cinco estrellas en suelo urbano con usos complementarios, hoteles de cinco estrellas en suelo rústico urbano con usos complementados con grandes equipamientos desestacionalizadores y hoteles de cinco estrellas singulares.
Además, se permitirá la reapertura de establecimientos dados de baja definitiva si se reforman integralmente y con un mínimo de cuatro estrellas.
REGULARIZACIÓN DE PLAZAS
En cuanto al procedimiento de regularización de plazas, se otorga un plazo de cuatro años para regularizar las plazas existentes anteriores al 1 de enero del 2012.
Además, se establece la obligatoriedad de plan de modernización en un plazo de dos años para la oferta alojativa de una y dos estrellas o llaves, de manera que, en caso contrario, se dé de baja definitiva a estos establecimientos. No obstante, se les ofrecerá la posibilidad del cambio de uso o de establecimientos turísticos de alojamiento coparticipados.
La nueva ley busca mejorar la competitividad del destino mediante la creación de los Planes de Intervención en Ámbitos Turísticos (PIAT) con el objetivo de rehabilitar las zonas turísticas, así como crear y modernizar el producto turístico coordinando las distintas actuaciones en materia de ordenación y promoción mediante el Consejo Asesor de Turismo, la Comisión Interdepartamental de Turismo y la Mesa de Alcaldes por el Turismo.
Por otro lado, también recoge la diferenciación entre las empresas turísticas de alojamiento, las turísticas mixtas y las comercializadoras de estancias turísticas; la flexibilización del principio de uso exclusivo incorporando los usos compatibles con el turístico en una misma parcela; la regulación de la explotación conjunta de distintos establecimientos turísticos; y se promoverá la formación del hecho turístico desde la Educación Primaria.
El director general ha explicado que los resorts podrán enajenar el 50 por ciento de sus unidades unifamiliares de un mínimo de 75 metros y que cuenten con todos los servicios ofrecidos por el hotel.
Además, la Ley promueve que las administraciones realicen inversiones en sus zonas turísticas, contempla la creación de una ventanilla única, y regula la situación de las hospederías y los albergues. Asimismo, señala que las estancias turísticas -antiguas viviendas turísticas vacacionales- se ubicarán en viviendas unifamiliares aisladas o pareadas y se permitirá la comercialización de más de una por parcela.
Finalmente, en los edificios catalogados en cualquier tipo de suelo, se permitirá el uso turístico, previo informe de la administración competente turística y de la administración correspondiente en materia de patrimonio.
Sobre la posibilidad de que se vaya a permitir en todo tipo de suelos los agroturismos, Delgado ha negado que esto vaya a suponer una sobresaturación de este tipo de oferta, sino que se trata de brindar a los propietarios de las fincas, la oportunidad de que puedan mantenerlas sin "perjudicar al resto del sector". "No hay intercambio de plazas, sólo se simplifican los trámites", ha añadido.
Según ha dicho Delgado, ya ha recibido peticiones por parte de otros consejeros de Turismo de otras Comunidades para poder ver el texto "moderno" de la nueva ley, que confía en que esté "plenamente vigente" durante la próxima temporada turística alta.
No obstante, se ha mostrado "abierto" a "cualquier propuesta de modificación del texto" durante el trámite parlamentario.