La Audiencia Provincial de Palma ha fijado el próximo 20 de julio como fecha para deliberar si estima o no el recurso de apelación que interpuso el sindicato Manos Limpias para solicitar la imputación de la Infanta Cristina en el marco de las pesquisas sobre el Instituto Nóos, si bien se trata de una decisión que podría adelantarse y por tanto cabe la posibilidad de que la solicitud de la acusación popular se resuelva con varios días o semanas de antelación, según han informado fuentes judiciales a Europa Press.
En concreto, será la Sección Segunda de este órgano judicial, con su presidente Eduardo Calderón como ponente, la encargada de revisar el recurso de Manos Limpias, que el pasado mes de febrero ya pidió ante el juez José Castro la imputación de la Infanta. Tras ser rechazada la solicitud por el magistrado hasta en dos ocasiones, el sindicato finalmente combatió en apelación la resolución del instructor del caso Palma Arena, por lo que la decisión se encuentra ahora en manos de la Audiencia.
A pesar de que la deliberación ha sido fijada para el 20 de julio, a puerta cerrada y sin que esté prevista para ello la celebración de una vista con la presencia de las acusaciones, la revisión podría llevarse a cabo antes de esa fecha, lo que no es una excepción en el caso de la Sección Segunda, cuyo tribunal frecuentemente adelanta la deliberación de los recursos presentados, tal y como han precisado las mismas fuentes.
En este contexto, la Fiscalía Anticorrupción se ha opuesto de nuevo a la imputación de la hija del Rey Don Juan Carlos, después de que el juez Castro diese traslado nuevamente a las acusaciones de la solicitud del sindicato. El Ministerio Público se pronunció hace varias semanas por segunda vez en contra del encausamiento de la mujer del Duque de Palma, Iñaki Urdangarin, al aseverar que no se han hallado indicios incriminatorios contra ella que deriven en su imputación.
En este sentido, el fiscal Pedro Horrach se expresó en su escrito en la misma línea que ya lo hizo la primera vez, cuando puso de manifiesto que no existe prueba alguna que vincule a la Infanta con la actividad presuntamente fraudulenta desplegada por su marido cuando éste estaba al frente de Nóos (2004-2006), como tampoco consta en el procedimiento que la Infanta Cristina conociese estas supuestas irregularidades.
Además, recordaba que la hija del Rey Don Juan Carlos es copropietaria al 50 por ciento de la mercantil Aizoon S.L. -una de las empresas investigadas dentro de este procedimiento-, pero "no ostenta ningún cargo ejecutivo por lo que su vinculación es únicamente a nivel societario". "La gestión y administración de esta sociedad está en manos de su cónyuge, Iñaki Urdangarin", recalcaba el representante de Anticorrupción.
Así, la Fiscalía asevera que el hecho de que gastos personales de cónyuges hayan sido imputados como costes de Aizoon no es constitutivo de ilícito penal, pudiendo ser considerado, en todo caso, como una irregularidad administrativa.
Tras ser desestimada la petición por el instructor del caso, lo que a juicio de Manos Limpias tenía como objetivo "no estigmatizarla", la entidad recurrió el auto en reforma y de forma subsidiaria en apelación, siendo nuevamente rechazada la solicitud del sindicato.
Y es que a juicio de Manos Limpias, personada a través de la letrada Virginia López Negrete, la hija del Rey fue "beneficiaria directa" de los ingresos obtenidos de forma presuntamente irregular por Urdangarin, al tiempo que sostiene que la esposa del Duque de Palma fue "actora directa -por encubrimiento, complicidad o cooperación necesaria- y por ende beneficiaria de las presuntas actividades delictivas de Urdangarin", tal y como consta en un escrito de seis páginas, al que tuvo acceso Europa Press, en el que la entidad desglosaba los indicios delictivos que, a su juicio, pesan contra la Infanta.
La entidad cree asimismo que la mujer del Duque de Palma era "conocedora, cuanto menos, de las argucias financieras fraudulentas" que se habrían llevado a cabo para evadir impuestos a Hacienda, una de las líneas de investigación abiertas en el marco de este caso. Además, recuerda que también en Aizoon desempeñaba el cargo de secretaria, lo que conlleva la elaboración de actas con los acuerdos adoptados, la lectura de éstas y su firma.