Miquel Arbona, abogado del expresidente del Govern Jaume Matas, ha asegurado hoy en la vista del recurso presentado contra su condena por cohecho por un contrato a su mujer Maite Areal en un hotel, que «ni una sola prueba» demuestra que «ese metálico» que cobró su esposa revertió en el exmandatario.
Arbona ha expuesto sus argumentos en contra de la sentencia que condenó a Matas a una multa de 9.000 euros por cohecho, por un contrato a su mujer como relaciones públicas en el hotel Valparaíso en 2007, ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJIB) que celebra hoy la vista del recurso de apelación planteado por el expresidente.
El abogado ha criticado que la sentencia afirma que la cantidad cobrada por Areal era una prebenda para el expresidente pero «no hace ni una sola referencia a explicar por qué considera probado que era una dádiva para el señor Matas».
El jurado justificó la decisión señalando que los testigos declararon desconocer qué labor desarrollaba Areal como relaciones públicas y hablaron de los nulos resultados que produjo el contrato, algo que según el abogado solo muestra que no existió trabajo en el hotel pero no que Matas se beneficiara.
«Por el hecho de que Matas pacta las condiciones del contrato de trabajo de su mujer hay que entender que la donación fue para el señor Matas? Necesitamos algo más», ha dicho Arbona, que ha puntualizado que el matrimonio está casado en régimen de separación de bienes y «ni una sola prueba demuestra que ese metálico revertió» en el expresidente. «De haber existido alguna prueba, la tendríamos».
Prescrito
Por otra parte, según el abogado, de haber delito, éste podría haber prescrito, ya que la tesis del Tribunal Supremo es que el delito de cohecho queda consumado con la aceptación del regalo y por tanto cuando se consuma el acuerdo. Ha concretado que el acuerdo para contratar a la mujer de Matas se alcanzó antes de 2007 y ella empezó a cobrar a principios de ese año.
Según el abogado, que el juez instructor del caso Palma Arena llamara a declarar a Matas como imputado en una providencia de 14 de octubre de 2009, no supuso que se interrumpiera la prescripción con esa fecha, porque el expresidente no fue interrogado acerca de estos hechos en concreto y no pudo conocer que se le imputaba por ellos.
También ha apuntado que todos los testigos afirmaron que el contrato de Areal fue por amistad con Matas y no por su cargo político.
Arbona ha alegado también vulneración del derecho a la tutela judicial porque considera que «el 70 % de la prueba es sobre hechos que están prescritos».
Sobre el comiso de la cuantía total cobrada, ordenado por la sentencia, Arbona ha recalcado que es un dinero que en teoría ha ido a Areal y por tanto se debe reclamar a quien lo recibió.