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El juez concluye que, aunque el TIL fuera anulable, no habría delito penal

Archiva la querella de la FAPMA contra Bauzá, Camps y Estarellas porque los hechos denunciados carecen de «ilicitud penal»

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El Juzgado de Instrucción número 7 de Palma no ha hallado «indicios de ilegalidad penal» en la actuación de los principales responsables educativos del Govern por haber impuesto el decreto de lenguas (TIL), haber variado su implantación este curso tras la suspensión inicial de los tribunales y haber incoado expediente disciplinario a los tres directores de instituto de Maó que lo incumplieron.

El auto de la juez que, como ya adelantó el sábado este diario, archiva la querella de la Federación de Padres de Menorca (FAPMA) contra el presidente Bauzá, la consellera Joana Maria Camps y su secretario autonómico Guillem Estarellas, remarca que, para apreciar una cuestión legal en este caso, cabría que «la contradicción del acto con el ordenamiento fuera patente, clamorosa y flagrante».

Pero, arguye el juez, «tanto el decreto como su desarrollo, incluso el que fue suspendido, de alguna manera se basaban en el ordenamiento jurídico constitucional y autonómico». Por eso, «aunque pudieran haber incurrido en algún error en la formación de las normas y de los actos administrativos, que incluso podrían originar primero su suspensión y luego su anulación, no puede decirse que sean calificados de prevaricación».

Es decir, no se detectan «datos indiciarios de dolo penal en el dictado de las instrucciones suspendidas, y luego derogadas, ni en los expedientes disciplinarios, sin perjucio de los recursos y acciones que puedan plantearse ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa».

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