El Govern quiere que el suelo rústico no se convierta en un simple jardín para los viviendas unifamiliares y pretende que conserve su finalidad agraria, por lo que creará reservas de suelo en las Islas destinadas exclusivamente a la actividad agraria en zonas especialmente fértiles. En ellas no se podrán construir nuevas viviendas al margen de si la parcela tiene o no los metros mínimos para edificar, según establece el anteproyecto de ley agraria que está a punto de ver la luz. Es una de las disposiciones más polémicas, pero también hay más puntos de interés.
El anteproyecto de ley permitirá al Govern solicitar que Balears se declare zona libre de producción de transgénicos o de algunos en concretos.
En consonancia con la intención de favorecer que el suelo rústico sea eminentemente agrario y no residencial, el anteproyecto de ley crea la figura de las zonas de alto valor agrario. Serán los consells quienes dibujen en los mapas qué terrenos ocuparán estas zonas.
Las limitaciones del anteproyecto impedirán que actividades complementarias para el turismo, como los campos de polo, tengan la consideración de actividades agrarias y puedan acogerse a esta licencia en lugar de a la licencia turística. Si un promotor quiere construir un campo de polo, deberá cumplir la normativa turística y no se podrá camuflar como actividad agraria.
Uno de los aspectos más polémicos de la anterior 'ley Company' era la figura de las agroestancias por las que los agricultores podían ofrecer alojamiento turístico. Esta posibilidad se mantiene, pero con muchas limitaciones.
El anteproyecto considera que el sector agrario, más allá de producir bienes y alimentos contribuyen de forma sustancial a la conservación del paisaje, la protección de los suelos fértiles o el mantenimiento de acequias y elementos de drenaje. A partir de esta consideración, se establecerá una línea de ayudas, los contratos territoriales, que son un acuerdo entre la Administración y el agricultor para compensar esos trabajos añadidos.
La Administración quedará obligada a que en los criterios de adjudicación de los contratos públicos que impliquen la compra de estos productos se incluyan criterios que los productos de proximidad desde un punto de vista ambiental.
La norma incluye también aspectos sociales como el fomento del asociacionismo y de las cooperativas para la producción y comercialización de los productos.