La Dirección General de Consumo del Govern ha abierto expedientes sancionadores a ocho comercializadoras eléctricas denunciadas por Facua-Consumidores en Acción por publicidad engañosa ya que podrían estar omitiendo los impuestos indirectos en su publicidad e información comercial, induciendo a creer a los usuarios que «sus tarifas son más bajas».
Además de dirigirse a las autoridades autonómicas, que tienen las competencias sancionadoras, Facua ha solicitado al Ministerio de Consumo, dirigido por Alberto Garzón, que aperciba a las eléctricas para que cesen en estas supuestas prácticas de «publicidad engañosa» y, de negarse a rectificar, emprenda acciones judiciales contra las que «continúan infringiendo la ley».
La asociación recuerda que el Ministerio de Consumo tiene competencias para llevar a los tribunales a las empresas que vulneren determinados preceptos del texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias.
Tras realizar un análisis sobre ofertas comerciales de diez compañías, la asociación detectó «no sólo que todas son considerablemente más elevadas» que la tarifa semirregulada (PVPC), sino que su publicidad e información comercial «no facilita en ningún caso» el precio del kilovatio (kW) de potencia contratada y el kilovatio hora (kWh) de energía consumida incluyendo el 27,19% que representan el IVA y el impuesto especial sobre la electricidad.
Facua presentó las denuncias a mediados de enero ante el Ministerio de Consumo y varias autoridades autonómicas contra diez comercializadoras (Cepsa, CHC Energía, Endesa, Feníe, Holaluz, Iberdrola, Lucera, Naturgy, Repsol y Som Energía).
Por su parte, La Dirección General de Consumo de Baleares ha incoado ya expedientes sancionadores a ocho de las comercializadoras -todas las denunciadas menos Iberdrola y Lucera-.
Desde Facua, han explicado que pocos días después de que trascendiesen públicamente las denuncias, Naturgy corrigió su publicidad y comenzó a incluir los impuestos indirectos en las tarifas que oferta en su web.
Ley general para la defensa de los consumidores
Facua recuerda que el artículo 20 de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios establece que todas las ofertas comerciales deben informar «el precio final completo, incluidos los impuestos».
También el artículo 60, relativo a la información previa al contrato, y el 97, sobre los datos facilitados a los consumidores antes de firmar contratos a distancia o fuera de establecimientos mercantiles, indican que las empresas están obligadas a indicar los precios con los impuestos y tasas incluidos.
Ante esto, Facua considera que al facilitar tarifas que no incluyen los impuestos indirectos, además de infringir los citados preceptos legales, las comercializadoras eléctricas «inducen a error» a los consumidores sobre el importe real que pagarían de contratarlas, «incurriendo con ello también en publicidad engañosa».
Así, las prácticas vulnerarían también el artículo 3 de la Ley 34/1988, de 11 de noviembre, General de Publicidad y los artículos 7 y 18 de la Ley 3/1991, de 10 de enero, de Competencia Desleal.
Además de omitir los precios finales, Facua asegura que hay compañías que «ni siquiera aclaran» en sus páginas webs que a las tarifas ofertadas hay que sumarles los impuestos indirectos y otras «incluyen esta advertencia en un lugar poco visible».
Incluso en las menciones a los impuestos, según explican, también «habría omisiones sobre cuáles son los porcentajes que representan de incremento sobre las tarifas».