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El TSJB rechaza los límites a las reuniones y que los españoles tengan que justificar por qué entran en Balears

Un control COVID en el aeropuerto de Son Sant Joan

| Palma |

La Sala de lo Contencioso del TSJIB se adapta a la sentencia del Supremo y no ratifica las restricciones a reuniones privadas que había solicitado el Govern a partir de la próxima semana. Además matiza los controles en puertos y aeropuertos a ciudadanos españoles que, a partir de ahora, no tendrán que explicar el motivo de su entrada en Baleares, a pesar de que tendrán que someterse igual a controles sanitarios.

La resolución dictada este viernes asume el mandato del Supremo: «En nuestros autos anteriores hacíamos uso del principio de precaución. El Supremo dice que no basta». Así, considera que el Govern no ha justificado de forma suficiente el porqué de los límites al derecho de reunión y de intimidad y cuáles son los motivos de fijar un tope de diez personas a estos encuentros: «Mientras no se desvanezca la incertidumbre sobre la existencia de riesgos para la salud es posible adoptar medidas de protección, ahora bien, demostrando plenamente la realidad y la gravedad de tales riesgos. No lo están suficientemente y de forma fehaciente las condiciones en que se pueden llevar a cabo las reuniones y encuentros familiares y sociales», en consecuencia, rechaza la autorización.

La línea es similar en torno a la entrada de ciudadanos españoles: «Falta que se justifique el por qué el distinto tratamiento a los diferentes motivos del desplazamiento». Respecto a los lugares de culto, donde solo se pedía mantener una distancia, la Sala considera que no es necesaria ratificación alguna porque la separación ya está prevista en la ley de medidas de prevención frente a la Covid.

Los magistrados admiten que «las medidas son mucho menos restrictivas que las anteriores que autorizamos. Se mitigan y quedan suavizadas» y que se ha tenido en cuenta la mejora de la situación epidemiológica. Estas limitaciones tienen una validez de dos semanas más.

3 comentarios

user Elver Galarga | Hace más de 4 años

Se huele desde aquí, el "popo" del TSJB.

Juan Ramírez Briescas Juan | Hace más de 4 años

Ahora deberían asumir consecuencias por prevaricación y ser inhabilitados. Además se siguen aprobando restricciones a pesar de la sentencia del Supremo, como la de no poder ir a parques o playas de 22 a 6. Yo pienso ir a la playa a la hora que me plazca, pues la sentencia del Supremo ya ha dejado muy claro que con una incidencia tan baja no hay proporcionalidad ni justificación alguna a la libertad de movimientos. Armengol debería ser denunciada de oficio por desobediencia. Iré a la playa cuando me plazca y, si soy propuesto para sanción, alegaré contra quien me sancione y contra el Govern por intentar impedir que ejerza un derecho fundamental.

user Kapak | Hace más de 4 años

Ahora si? Después del tirón de orejas ven la realidad de la legalidad y la constitución? Ahora se han hecho caquita? Los tres jueces prevaricadores deberían ser sancionados e inhabilitados

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