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Pandemia de coronavirus

El TSJIB rechaza que dos niñas puedan acudir a clase en Mallorca sin mascarilla

La demanda planteaba que no existe un riesgo para la salud pública o que lo es en muy baja intensidad por la entrada de las niñas sin mascarilla a clase. | Efe

| Palma |

La Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJIB) rechaza que dos niñas puedan acudir a clase sin mascarilla. Por el momento se trata de una decisión provisional, ya que el tribunal no entra en el fondo del asunto que es decidir si se vulnera el derecho a la Educación de las menores al impedir su acceso en un centro educativo de Mallorca sin el cubrebocas. El auto, por el momento, rechaza la medida cautelar instada por la madre de las tres escolares.

La demanda planteaba que no existe un riesgo para la salud pública o que lo es en muy baja intensidad por la entrada de las niñas sin mascarilla a clase. También acusa a la administración de haber impuesto la medida al margen de la legalidad por una vía de hecho. Este argumento es rechazado por el tribunal: «Existe una normativa que regula las medidas excepcionales de prevención del COVID-19 para centros escolares donde se establece la obligación de que todos los educandos mayores de seis años, como es el caso, lleven puesta la mascarilla mientras se encuentren en el centro escolar».

Ante la existencia de la norma, el auto señala que tanto el colegio como los alumnos están obligados a cumplirla y que no se puede pedir una medida cautelar para eximir a nadie del cumplimiento de una ley. El tribunal también valora que ha habido intentos de mediación ante la negativa de la madre de llevar a las niñas al centro con mascarilla. Añade: «La ponderación de los intereses enfrentados generales y públicos defendidos por la Administración para proteger la salud de docentes y educandos en el reciento escolar son claramente preponderantes y en grado máximo de intensidad frente a los particulares, que contravienen lo establecido en la normativa sanitaria y que se quieren soslayar bajo el argumento de la vulneración del derecho a la educación de las menores».

De esta manera se desestima la petición cautelar pero el procedimiento contencioso sigue abierto y a la espera de que se resuelva vía sentencia. Este caso no es el único similar que tiene que resolver el TSJIB sobre la obligatoriedad de las mascarillas en colegios.

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