Las personas condenadas por los delitos relacionados con la okupación, ya sea allanamiento o usurpación, no podrán inscribirse en la lista para conseguir un piso público y además tendrán más complicaciones para conseguir ayudas en materia de vivienda. Vox ha presentado una enmienda al decreto de construcción de los 20.000 pisos en Palma que persiguen cambiar la ley con el fin de limitar estas ayudas a los condenados.
Una vez que se apruebe el texto –que está pactado con el PP, por lo que saldrá adelante– no se podrán inscribir en el Registro de Demandantes de viviendas las personas que hayan sido condenadas por los delitos penales de allanamiento de morada o usurpación en los 5 años anteriores a la fecha de inscripción. «Este requisito se tiene que acreditar mediante un certificado de antecedentes penales», señala la enmienda de Vox.
Se trata de una modificación de la Ley de Vivienda, que además se completa con otro cambio, también a propuesta de Vox. La propuesta de modificación añade que las convocatorias de subvenciones en materia de vivienda pueden incluir, «como requisito para tener la condición de beneficiario», no haber sido condenado estos delitos relacionados con la okupación en los últimos 5 años en la fecha de la convocatoria. En este caso, la forma de acreditar que cumplen con este requisito también será la presentación de un certificado de antecedentes penales actualizado en la fecha de la convocatoria.
En esta misma enmienda, Vox introduce medidas para que los residentes tengan ventajas para acceder a una vivienda pública. El beneficiario deberá acreditar cinco años de residencia en la Comunitat en el caso de las promociones de titularidad pública. Tendrán preferencia en el municipio de residencia, pero se establece la posibilidad de que puedan acceder a otra residencia en otro municipio en caso de traslado laboral, por ejemplo.
En caso de que hayan quedado viviendas sin adjudicar, se podrán ofrecer a personas que acrediten un plazo de residencia inferior a los cinco años. Para esta situación, la mayor duración del plazo de residencia podrá ser uno de los criterios para determinar la preferencia de acceso.
El PP también ha presentado enmiendas al texto y una de ellas afecta a la legalización en suelo rústico. Se amplían las posibilidades para legalizar los usos prohibidos además de las construcciones. A partir de ahora, los usos no permitidos en suelo rústico prescribirán en el mismo plazo de tiempo que las infracciones en construcción de vivienda. El PP dice que es para dar coherencia a la legalización y abre la puerta a que haya más instalaciones no autorizadas que se puedan legalizar.
Otra enmienda del PP modifica el régimen de construcción en zonas inundables. Mantiene que no se pueden situar nuevas viviendas unifamiliares aisladas ni implantar este uso en edificaciones existentes en las Áreas de Prevención de Riesgos de inundación, pero se considera un uso condicionado en parcelas que tengan una parte dentro de una zona inundable y otra parte no.
Es decir, se podrá construir en la superficie de la parcela que no esté en zona de riesgo de inundación. A efectos de parcela mínima, edificabilidad, ocupación, volumen máximo y otros parámetros edificatorios, la superficie que se tendrá en cuenta será la totalidad de la parcela, lo que incluye la parte incluida en zona inundable. El PP también ha presentado otras enmiendas de carácter técnico.
Les harán la prueba del pañuelo también?