Es uno de los alojamientos «favoritos de los huéspedes» con una calificación de cinco estrellas en Airbnb. Los comentarios elogian la amabilidad del anfitrión y su esposa. Con vistas a la hermosa bahía de Cala Galdana en Ferreries (Menorca) alquila una cabaña doble privada.
Hasta ahí el anuncio podría considerarse uno más en el negocio del alquiler turístico vacacional. El problema es que la cabaña doble privada está a bordo de un yate. El ‘anfitrión’ es el capitán. La reserva mínima es de 30 días y cuesta casi 6.000 euros.
«Estamos anclados en la hermosa bahía de Cala Galdana justo al otro lado del centro vacacional. A veces podemos atracar en un puerto deportivo (principalmente debido al mal tiempo), pero generalmente no es así. Para subir y bajar del barco, te llevamos en nuestro bote a la playa o al muelle del bote cerca de Passatge Riu. Puedes saltar del barco para nadar en cualquier momento y disfrutar de las puestas de sol desde la cubierta de Arrow», dice el anuncio.
Este es solo un ejemplo de cómo el intrusismo, la náutica chárter pirata y el alquiler turístico de embarcaciones como viviendas operan en Baleares, el único territorio de España que ha prohibido el llamado popularmente ‘Airbnb náutico’ en su normativa autonómica. Para hacerlo el Govern alega razones de seguridad y de conservación ambiental.
El Gobierno de España modificó la legislación estatal el pasado verano para permitir el alquiler turístico de embarcaciones de la llamada lista séptima (de uso privado) hasta tres meses al año, pero eso no quiere decir que puedan alquilarse sus barcos como viviendas. Lo que regula la norma es el alquiler de embarcaciones para navegar, no para veranear o residir y quienes se acojan a esta modalidad deberán cumplir las mismas normas que la lista sexta.
La medida ha desatado una tormenta entre el Gobierno de España y el Govern balear que no está dispuesto a dar su brazo a torcer. Transporte Marítimo lleva meses anunciando que aprobará una enmienda a su propia normativa que abrirá la puerta a limitar la actividad en «territorios saturados», pero a la vez ha presentado un recurso de inconstitucionalidad contra la normativa balear que prohíbe el alquiler turístico de embarcaciones de la lista séptima en todo el archipiélago.
El secretario general de Transporte Marítimo, Benito Núñez, anunció el 14 de abril en el Congreso que esa enmienda estará lista el próximo mes de junio. Durante su comparecencia afirmó que desde la entrada en vigor de la regularización del Airbnb náutico, su departamento solo ha recibido siete solicitudes en el archipiélago, por lo que criticó el «alarmismo» que la medida ha provocado en Baleares.
A la espera de ver si el Gobierno de España cumple su promesa en los plazos anunciados el Govern balear vigila de cerca el sector para evitar que se infrinja su normativa. Su decreto contempla multas de entre 5.000 y 500.000 euros dependiendo de la gravedad de las infracciones.
Fuentes de la Conselleria de la Mar confirman que este año ha abierto dos diligencias previas a la plataforma Lista séptima (la más popular del ‘Airbnb náutico’) tras detectar que anuncios de su web contravenían la normativa. Una vez recibida la notificación cumplieron lo solicitado en el requerimiento. También ha abierto una diligencia previa a Airbnb por el mismo motivo. En 2024, antes de la entrada en vigor del nuevo decreto, ya había impuesto dos sanciones de 2.000 euros cada una contra Lista séptima.
La prohibición del Airbnb náutico en Baleares no solo ha abierto un contencioso con el Gobierno central. También pleitean contra la normativa la Comisión Nacional del Mercado de Valores y la Asociación de Propietarios de Embarcaciones de la Lista Séptima, entre otros. El TSJB ha rechazado todas las peticiones de los demandantes de suspender cautelarmente el decreto autonómico.
La Conselleria de la Mar cuenta con el respaldo de buena parte del sector náutico de las Islas que lleva años advirtiendo sobre los riesgos para la seguridad derivados del chárter náutico o pirata y de la masificación. También de la competencia de embarcaciones con bandera extranjera que operan cada temporada en el archipiélago.
La patronal del chárter balear afirma que a petición del Govern ha trabajado y compartido un listado de 25 OTAS (plataformas intermediarias) que no cumplen el reglamento ya sea estatal o autonómico. «Se encuentra en el departamento jurídico y trabajan en que este tipo de acciones desaparezcan y colaboren en ofrecer un producto que respete la normativa», afirma.
Recuerda que «en Baleares actualmente el decreto de chárter autonómico prohíbe la comercialización de embarcaciones 7a temporales, no obstante, para el resto de España los propietarios deben ser conocedores de que deberán cumplir las mismas normas que un lista 6a, incluida el alta en hacienda para la realización actividades náuticas como el arrendamiento náutico, el modelo 036, y que conlleva altas de autónomos, declaraciones trimestrales y pago de los correspondientes impuestos».