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Renta 2025

Declaración de la Renta: Un experto explica cómo un autónomo de Baleares puede reducir la cuota hasta un 80 %

José Manuel Tous, economista de Tous y Solís Asesores, tiene buenas noticias para ellos, ya que en Baleares hay desgravaciones específicas para los trabajadores por cuenta propia

En el sector de la restauración hay muchos autónomos. | Foto: Europa Press

| Palma |

La campaña de la Declaración de la Renta y Patrimonio 2025 ya está en marcha y uno de los colectivos que se quejan de tener que pagar más impuestos son los autónomos. José Manuel Tous, economista de Tous y Solís Asesores, tiene buenas noticias para ellos, ya que en Baleares hay desgravaciones específicas. A continuación expone todas las claves.

«En Baleares existe, desde el ejercicio 2023 y por ahora hasta 2028, un incentivo fiscal llamado RIB o Reserva por Inversiones en Baleares, aplicable en el Impuesto de Sociedades y en el IRPF, inspirado en el modelo canario en donde se viene aplicando desde 1.994», informa. En este punto, recuerda que «la RIB se creó para compensar los costes adicionales de vivir y trabajar en un territorio insular y, al mismo tiempo, fomentar la inversión. En la práctica, busca que los beneficios de los negocios se conviertan en inversiones productivas en el archipiélago, como la compra de bienes necesarios para la actividad o la creación de empleo».

Requisitos

Tous resalta que «este incentivo permite reducir hasta un 80 % la cuota íntegra del IRPF. Por ejemplo, si un autónomo tuviera una cuota a pagar de 10.000 euros, podría llegar a pagar solo 2.000 euros, consiguiendo un ahorro de 8.000 euros en un único ejercicio». Sin embargo, advierte que «para poder aplicarla en el IRPF, el autónomo debe dar un paso hacia una gestión más profesional, ya que la clave está en llevar las cuentas con claridad y orden».

El citado economista precisa que «en primer lugar, los beneficios deben proceder de establecimientos situados en Baleares, debe existir actividad económica y el rendimiento debe calcularse en estimación directa, tanto en su modalidad normal como simplificada. Además, es necesario llevar una contabilidad completa y ajustada al Código de Comercio durante el periodo exigido. Esto implica que ya no basta con los libros habituales de IVA. Hay que llevar una contabilidad más completa, con libro diario, inventarios y cuentas anuales, y legalizarla en el Registro Mercantil. En este contexto, no se aplica el 7 % de gastos de difícil justificación, ya que este sistema solo admite gastos reales y debidamente acreditados».

En segundo lugar, Tous expone que «para consolidar el beneficio, deben realizarse inversiones válidas dentro del plazo de tres años desde el año en que se aplique la dotación, y esas inversiones deben mantenerse en funcionamiento durante cinco años, con carácter general. La dotación debe traducirse en inversiones concretas previstas, como la adquisición de inmovilizado material o intangible, determinadas inversiones medioambientales, gastos de investigación y desarrollo y creación de empleo vinculada a inversiones. Se considera realizada la inversión cuando los bienes entran en funcionamiento». Además, resalta que «es obligatorio informar de la aplicación de este incentivo mediante el modelo 283 y, una vez realizadas las inversiones, mediante el formulario de inversiones anticipadas habilitado por la Agencia Tributaria».

Tous advierte que «si se incumplen los requisitos, habrá que regularizar la situación en el ejercicio en que se produzca el incumplimiento, devolviendo el beneficio aplicado en la cuota del IRPF, añadiendo los intereses correspondientes y sin perjuicio de posibles sanciones».

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