El FOGAIBA subvenciona el cese definitivo de la actividad de las barcas de arrastre como una de las medidas de la política pesquera europea con el objetivo de terminar con la sobreexplotación de las pesquerías y en busca del desarrollo sostenible del sector. La convocatoria de las ayudas corresponde al 2011 y las solicitudes pueden presentarse hasta el próximo día 30. La línea de subvención está dotada con 450.000 euros a cargo del Fons de Garantia Agrària i Pesquera de Balears (FOGAIBA), de los cuales un 40 por ciento aportará el Govern balear, un 20 por ciento el Fondo Europeo de Pesca y otro 20 por ciento el Ministerio de Medio Rural y Marino. Con este dinero se prevé facilitar la baja definitiva dentro de este año de barcas de arrastre, y también de las embarcaciones que se dedican a la pesca con palangre en superficie y las de artes menores.
Esta línea de subvención surge del plan integral de gestión para la conservación de los recursos pesqueros del Mediterráneo, en aplicación de una de las directrices que pretende facilitar la aplicación y consecución de los objetivos de la nueva Política Pesquera Común, adaptándose a las peculiaridades propias del sector pesquero de Balears.
Según la resolución del 24 de noviembre de Gabriel Company, presidente del FOGAIBA, las ayudas tienen por objeto la financiación de la paralización definitiva de las actividades de pesca con mayor presión en los caladeros.
Requisitos
La convocatoria establece una serie de requisitos que deben cumplir las embarcaciones para darse de baja de la actividad pesquera: el mínimo de antigüedad de las barcas debe ser de 10 años, deben estar inscritas en la Lista Tercera del Registro oficial de matrícula y en el censo de Flota Pesquera Operativa, además de tener el puerto base en Balears y deben demostrar haber ejercido actividad pesquera durante al menos 90 días de pesca en los dos últimos años o 120 días de pesca en el último año. Asimismo, los beneficiarios deben estar al corriente de los pagos tributarios y a la Seguridad Social.
La línea de ayudas contempla la subvención de la paralización de la actividad, el desballestamiento de la embarcación o el hundimiento sustitutorio para la creación de arrecifes artificiales; o bien su cesión como patrimonio histórico, para uso público cultural, o como elemento ornamental. Se establece un baremo para la concesión de las subvenciones y en caso de que se agoten se dará prioridad al tipo de actividad pesquera, especialmente la de arrastre, y a la antigüedad de la embarcación.