CAEB ha dado a conocer las alegaciones que presentará a las nuevas ordenanzas de horarios de apertura y ocupación de vía pública del Ayuntamiento de Maó, aprobadas inicialmente por el pleno del 27 de febrero. Según el presidente de la asociación, Francisco Carrasco, "queremos dejar constancia del malestar que las mismas han provocado en el sector por diferentes motivos".
Estas razones se basan en que, según apuntan desde CAEB, "el sector turístico representa para el conjunto de Menorca el principal sector de ocupación y motor económico. Desde instituciones como el Consell insular se están promoviendo planes para potenciar la actividad turística en la Isla, como facilitar el uso turístico independientemente de la calificación urbanística del suelo, o potenciar actividades en temporada media para dinamizar nuestra economía y conseguir con ello la ansiada desestacionalización, puntos que formaban parte del programa electoral del PP que actualmente rige el Ayuntamiento".
Desde la entidad se apunta que los establecimientos de restauración son uno de los elementos consustanciales, así como las terrazas de los mismos, para configurar un producto turístico atractivo y de calidad para los visitantes, y las terrazas forman parte de la cultura del ocio, siendo parte imprescindible del producto turístico.
"Creemos que el Ayuntamiento debe considerar, antes de impulsar nuevas reglamentaciones que restringen o dificultan nuestra actividad, la grave coyuntura económica que padece el sector turístico y comercial, en particular la restauración, que tiene en las terrazas durante la temporada turística una de sus principales fuentes de ingresos, sin las cuales la viabilidad económica de estas empresas sería prácticamente nula, o les exigiría drásticas reducciones de estructura que repercutirían sin duda en la pésima situación en la que ya se encuentra nuestro mercado laboral."
Por ello, desde CAEB se formula en plazo de exposición pública diferentes alegaciones. Sobre la ordenanza de horarios de apertura y cierre, la entidad ve necesario realizar varias modificaciones. El artículo 1.2 de la ordenanza de horarios solo permite la ampliación del horario nocturno de terrazas a los meses de junio a septiembre. Sin embargo, para el comercio la Ley 11/2001 de 15 de junio de ordenación de la actividad comercial en Balears, que establece los horarios de apertura de establecimientos comerciales, permite la exclusión de la limitación de horarios en zonas turísticas del 15 de marzo al 30 de octubre de cada año, lo cual es más lógica dado el carácter turístico de la Isla.
Asimismo, creen que la ordenanza debería contemplar los mismos criterios para establecimientos del sector que los que se aplican para el comercio.
Además, y entre numerosos puntos más, CAEB solicita que la autorización de terrazas deba limitarse solamente a las cafeterías, bares y restaurantes que ejerzan legalmente su actividad.