El islote de El Lazareto, la capilla de Binigemor, la torre de Son Ganxo, Villa Luisa, la naveta de Cala Blanca, la ciudad romana de Sanitja, la farmacia Llabrés y así hasta 1.491 joyas. Unos son arquitectura, otras arqueología y unos pocos etnología pero todos tienen un mismo denominador, y es que han sido declarados Bien de Interés Cultural (BIC), es decir, la máxima categoría que se le puede dar a un bien de patrimonio histórico y que conlleva el reto de vigilar, conservar y divulgar los restos históricos.
Menorca tiene un altísimo porcentaje de bienes protegidos en su máxima categoría y un dato que así lo corrobora es que la Isla goza de algo más de dos Bienes de Interés Cultural por kilómetro cuadrado.
Este hecho, que diferencia notablemente a la Isla del resto de islotes del Archipiélago, tiene una explicación. Según comenta la técnico del departamento del Servicio de Patrimonio Histórico del Consell y arqueóloga, Joana M. Gual, el origen se remonta a la aprobación en los años sesenta del decreto que declaraba monumentos histórico-artísticos a todos los monumentos megalíticos, cuevas prehistóricas y otros restos prehistóricos y protohistóricos de las islas de Mallorca y Menorca. Y con la aprobación de la Ley de Patrimonio Histórico Español, todos estos bienes arqueológicos pasaron a la máxima protección.
Es de ahí que a día de hoy la Isla goza de 1.491 Bienes de Interés Cultural catalogados como patrimonio arqueológico, otros 71 clasificados como patrimonio arquitectónico y finalmente y en menor medida, 19 bienes etnológicos.
Además, Gual señala que actualmente el Consell tiene todos los expedientes cerrados. Por lo que, lo más probable y si el proyecto sigue su curso, el próximo expediente que el Consell incoe para su declaración definitiva como BIC sea el palacio Ca n'Oliver de Maó. No obstante, la técnico del departamento informa que existe una solicitud de incoación al Ministerio de Cultura -y que por tanto, no es competencia del Consell- solicitada por el Consorcio del Museo Militar, y que aun no ha sido resuelta.
Haciendo alusión al artículo 41 de la Ley de Patrimonio Histórico de las Illes Balears, que reza que "la conservación, la recuperación, la restauración, la mejora y la utilización del bien deberá respetar los valores que motivaron su declaración, sin perjuicio de que pueda ser autorizado el uso de elementos, técnicas y materiales contemporáneos para la mejor adaptación del bien", la técnico del Consell, Joana M. Gual, señala que gozar de la máxima protección implica el cumplimiento de una serie de rigurosos criterios de conservación. No obstante, esta declaración no se contradice con que el bien sea modernizado ni mejorado, eso sí, "siempre a partir de un previo estudio y autorización para ello".