Las reclamaciones de cantidad tramitadas por los juzgados de Balears se han duplicado en los últimos cuatro años pasando de 1.676 casos en 2007 a 3.253 al cierre de 2011.
Aunque no hayan trascendido los datos relativos a Menorca, el director de la Confederación de Asociaciones Empresariales de Balears (CAEB) en Menorca, Josep Fortuny, señala que la Isla sigue la misma tendencia que el conjunto de Balears, y por lo tanto, traza una línea ascendente en el número de casos que acuden a la vía judicial para resolver asuntos de deudas.
Fortuny revela que gran número de empresas de la Isla, fruto de la situación económica actual, tiene problemas para cobrar facturas pendientes. De ellas, una parte emprende un procedimiento judicial pero otra no puede iniciar este proceso por los costes inasumibles además del largo tiempo de espera que supone. "Estos empresarios aguardan al cobro", señala Fortuny, y, por lo tanto, el trámite está estancado.
La recién aprobada Ley de mediación de asuntos civiles y mercantiles permite resolver fuera del ámbito judicial muchos de los conflictos que se producen en la operativa diaria de las empresas con el consiguiente ahorro en tiempo y coste.
Es por ello que CAEB presenta esta tarde a las 19 horas el nuevo servicio de mediación civil y mercantil que ofrece a las empresas de la Isla. La ponencia irá a cargo de las mediadoras de la firma Transforma, Gestió de Conflictes i Mediació, Maria José Camps y Lidia Vegas. Este servicio de mediación civil que cuenta con todas "las garantías legales", según apunta Fortuny, puede resolver desde reclamaciones de deudas entre empresas o entre la empresa y sus clientes, puede conciliar en el incumplimiento de condiciones de contrato, interpretación de acuerdos o conflictos en relaciones arrendaticias así como en la gestión de la sucesión en empresas familiares, entre otros.
Además de la diferencia en el coste respecto a un proceso judicial, la mediadora Maria José Camps apunta a la agilidad del proceso. Y es que, en la conciliación, si las partes colaboran, el asunto puede estar resuelto en un plazo de entre tres semanas y dos meses, un plazo que en la vía judicial ya ha excedido entre que uno pone la demanda y el otro se opone a ella. En estos casos un proceso puede prolongarse desde meses hasta incluso dos años y medio o tres. Asimismo, asevera que "muchas veces en el juzgado no encontramos la solución que buscamos, la mediación no busca quien tiene la razón sino encontrar la vía que agrade a las dos partes".
Lidia Vegas señala que este proceso está construido en torno a la intervención de un profesional neutral que facilita la resolución del conflicto y que, no se llega a un acuerdo si no se satisfacen las dos partes implicadas.
Vegas hace hincapié en el requisito de que las dos partes estén de acuerdo en iniciar este proceso mediador e incluso tengan "la voluntad firme y sincera de colaborar en el procedimiento". Apunta que incluso se puede suspender un trámite judicial para acudir a la vía mediadora. También, una de las opciones es que se incorpore una cláusula en el contrato lo que obligaría a las partes a la conciliación antes de iniciar un procedimiento judicial o de arbitraje. No obstante, esta cláusula no es indispensable para que el proceso pueda solucionarse con el acuerdo entre las partes ni tampoco impide que, en caso de no llegar a un acuerdo, se pueda avanzar por la vía judicial.