La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Balears (TSJB) ha cuantificado en 6.050.000 euros, más los intereses devengados, la indemnización que el Ayuntamiento de Sant Lluís deberá abonar a la promotora Orfila S.L. por el incumplimiento de un convenio urbanístico en 1997, mediante el cual la promotora pretendía construir un complejo de 118 apartamentos en Son Ganxo. La indemnización fijada por el Tribunal más los intereses devengados hasta ayer asciende a 9.578.849 euros.
La sentencia de la que ha sido ponente el magistrado Fernando Socias Fuster ha estimado parcialmente el recurso de apelación interpuesto por el Ayuntamiento de Sant Lluís contra el auto del pasado 6 de mayo dictado por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Palma, por el que el Consistorio debía indemnizar a Orfila S.L. con 6.553.979 euros más intereses. Por tanto, la indemnización ha sido rebajada en 503.000 euros.
Culpabilidad
EL TSJB ratifica los argumentos del auto apelado y reafirma que la culpabilidad del incumplimiento del convenio urbanístico de 1997 recae en el Ayuntamiento de Sant Lluís, y no en la aprobación del PTI por parte del Consell en 2003, por cuanto el Ayuntamiento no hizo nada desde la aprobación del convenio urbanístico hasta el inicio de la tramitación del planeamiento insular. Además, subraya que el Consistorio tampoco informó al Consell de la existencia de dicho convenio.
La sentencia estima correcta la cantidad de 6.050.036 euros, resulta de la valoración realizada en 2003, en concepto de pérdida de valor de los terrenos a consecuencia de la imposibilidad de construir el aparthotel pactado. Por otra parte, rechaza la pretensión de cobro de Orfila. S.L. de 6.580.000 euros en concepto de un supuesto lucro cesante que, según la sentencia, respondería a meras expectativas no indemnizables. En este sentido, apunta que la indemnización del lucro cesante por derechos patrimonializados ya está incluida en la cantidad de 6.050.000 euros en concepto de pérdida de valor de los terrenos, por lo que si al valor de mercado del conjunto de 118 apartamentos se le añadiese la expectativa de rentabilidad económica se estaría indemnizando doblemente por dicho concepto.
Proceso
El Ayuntamiento de Sant Lluís y Orfila, S.L. suscribieron en 1997 un convenio urbanístico para la urbanización del sector X del polígono II de Son Ganxo, El proyecto contemplaba la construcción de un aparthotel en una parcela de 40.600 metros cuadrados. La promotora cumplió en su integridad los compromisos adquiridos en el pacto urbanístico, que le representó el pago de 110.000 euros, al abonar el coste del nuevo firme asfáltico del vial de enlace con la urbanización vecina de Son Remei y la liquidación del IBI y de las plusvalías, entre tras actuaciones.
Por su parte, el Ayuntamiento de Sant Lluís no modificó las Normas Subsidiarias para posibilitar el proyecto, actuación que en 2000 ya quedó frustrada cuando el Consell aprobó la Norma Territorial Cautelar.