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La plaza que ocupó Cardona en Alaior, anulada por el juez

El Ayuntamiento recurre y alega que se creó al principio del mandato, en julio de 2015

Llorenç Cardona, en su toma de posesión como concejal. | ARCHIVO

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El Juzgado Contencioso Administrativo número 1 de Palma ha anulado el acuerdo plenario del Ayuntamiento de Alaior con el que se modificó la plantilla de personal y se creó la plaza de coordinador de actos y relaciones institucionales que ocupó, como cargo de confianza y antes de ejercer como concejal, Llorenç Cardona. El tribunal estima el contencioso planteado por la Administración del Estado, que consideraba dicho acuerdo contrario a la Ley de Bases de Régimen Local, y el juez Alberto Palomar señala que «solo puede producirse la creación de una plaza de eventual no prevista en la conformación inicial» de la Corporación «con motivo de la aprobación de presupuestos y en este caso no se ha hecho así, sino que se ha independizado dicha creación e incluso se ha anticipado a la aprobación de los presupuestos que le dieran cobertura».

Recurso municipal
El Ayuntamiento de Alaior sin embargo defiende la plaza y ha presentado ya el recurso de apelación contra este fallo judicial. El recurso tiene un doble sentido, por un lado defiende que la plaza eventual se creó al comenzar el mandato, ya que su aprobación inicial fue el 6 de julio de 2015 y el expediente arrancó el 29 de junio de 2015; sin embargo, la aprobación definitiva de la modificación de la plantilla tuvo lugar en el pleno de septiembre, un retraso «debido a las alegaciones presentadas por el grupo Junts per Lô».

Por otro lado, y frente al argumento del juez de que se vulnera el artículo 104.1 de la Ley de Bases de Régimen Local, que indica que el número, características y retribuciones del personal eventual serán determinadas por el pleno al comienzo del mandato y solo podrán modificarse con la aprobación del presupuesto anual, la representación letrada municipal entiende que dicho artículo no se incumple. Afirma que no hubo infracción en cuanto al momento en que se creó la plaza, y que los requisitos que señala la ley no son simultáneos, porque la tramitación de la modificación presupuestaria puede dilatarse en el tiempo.

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